Jueves, 13 Marzo 2025

    La DGT controla la ITV de los vehículos españoles

    Inspección tecnica de vehículos

     

    La Dirección General de Tráfico ha enviado una carta informativa a 2.462 titulares de vehículos en la que se les recuerda que un vehículo de su propiedad ha sido detectado circulando sin haber superado la correspondiente Inspección Técnica de Vehículos (ITV), bien porque no haya acudido a realizarla o porque habiéndola realizado, dicha inspección resultó desfavorable.

    Este aviso informativo se enmarca dentro de una serie de acciones que se va a llevar a cabo la DGT entre las que se encuentra la vigilancia y control realizada el 26 de marzo en diferentes puntos de carreteras españolas, donde se verificó la situación de 40.000 vehículos, a través de medios de control y de monitorización instalados en las carreteras, por la lectura de sus matrículas se comprobaba en el Registro General de Vehículos si dichos vehículos habían superado la inspección técnica correspondiente y obligatoria que deben cumplir los titulares de los vehículos para asegurar que los mismos cumplen con los estándares adecuados de conservación y seguridad.

    De ese total de vehículos controlados, 2.462 (6,2%) no la habían pasado o circulaban con la revisión de la ITV con resultado desfavorable, es decir, que en el momento de monitorizarlos estaban inhabilitados para circular por las vías públicas, excepto para trasladarlo al taller para su reparación o para acudir a la estación ITV y someterse de nuevo a la comprobación de que se han subsanado los defectos que dieron lugar al resultado negativo.

    A los titulares de los vehículos que reciban la carta por no haber realizado la inspección técnica se les informa de que si en los próximos días no consta en el Registro de Vehículos de la Dirección General de Tráfico que dicho vehículo no ha superado la mencionada inspección, se procederá a denunciarle por la comisión de una infracción grave, con una sanción de 200 euros.

    En el caso de los vehículos detectados con la ITV desfavorable, se informa a sus titulares que si transcurridos dos meses desde el día que consta en el Registro de Vehículos el resultado desfavorable de dicha inspección no ha procedido a subsanar y volver a presentar dicho vehículo a revisión, la estación ITV correspondiente remitirá la documentación de su vehículo a la Jefatura Provincial de Tráfico proponiendo la baja de su vehículo y se le abrirá procedimiento sancionador por infracción muy grave, sancionado con una multa de 500 euros.

    Recibir cualquiera de estas cartas, no justifica ante los agentes de tráfico no haber pasado la correspondiente ITV y no anula las sanciones impuestas por este concepto.

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