
Según se recoge en el informe, los obstáculos comerciales que más trabas representan para las empresas españolas son las relativas a las normas técnicas, y constituyen más de 70% de todos losobstáculos encontrados. Entre ellos, los más numerosos se refieren a la falta de armonización, que obliga a las empresas a tener que cumplir con las nombras de cada Estado miembro, y los derivados de la ausencia de reconocimiento de los certificados u homologaciones obtenidos en España.
Para los autores del informe, sería conveniente que "los Estados aplicaran el principio de reconocimiento mutuo, y transmitir a sus empresas la confianza necesaria en los procedimientos que se llevan a cabo en otros Estados miembro, evitando prácticas no respetuosas, tendentes al proteccionismo".
Sobre los principios de reconocimiento mutuo, la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC) recuerda que, según el Reglamento 765/2008 que regula la acreditación en Europa, "las autoridades nacionales reconocerán la equivalencia de los servicios prestados por los organismos de acreditación que hayan sometido con éxito al sistema de evaluación por pares, en virtud del artículo 10, y aceptarán los certificados de acreditación de dichos organismos y las certificaciones emitidas por los organismos de evaluación de la conformidad acreditados por ellos".
La ENAC considera que las empresas exportadoras deberían elegir entidades acreditadas cuando necesiten aportar certificados o informes de ensayo en sus exportaciones para minimizar las probabilidades de que sean rechazados, tanto en la Unión Europea como en el resto del mundo.