
Las ayudas ascienden a 9.000 euros en el caso de los tractocamiones y los camiones con MMA superior a 12 toneladas, y a 2.000 en el caso de los remolques y semirremolques de MMA superior a 10 toneladas. Hay que tener en cuenta que las empresas (personas jurídicas) pueden solicitar las ayudas directas previstas para otro tipo de vehículos a las que no tenían acceso con anterioridad ya que sólo podían ser beneficiarias las personas físicas.
Beneficiarios de la ayuda del transporte por la DANA
Personas jurídicas (excepto las Administraciones Públicas), personas físicas y sociedades civiles, comunidades de bienes y otras entidades sin personalidad jurídica, sin que pueda solicitar la ayuda, al mismo tiempo, los socios, comuneros o integrantes de estas entidades.
Requisitos para acceder a las ayudas por la DANA
− Ser titulares en el Registro de vehículos de la Dirección General de Tráfico (DGT), a fecha 29 de octubre de 2024, de un vehículo matriculado en España asegurado, que no haya sido transmitido con posterioridad a dicha fecha, que se declare siniestrado como consecuencia directa de la DANA, y que se encuentre encuadrado en alguna de las categorías indicadas en el anexo I de la convocatoria
− Que hayan iniciado, antes del 31 de diciembre de 2024, una reclamación al Consorcio de Compensación de Seguros o, en su defecto, a la aseguradora del vehículo siniestrado
− Que el vehículo cause baja definitiva en la DGT con motivo de los daños ocasionados por la DANA. Para la concesión inicial de las ayudas será suficiente con que se justifique la baja temporal del vehículo y se tramite la baja definitiva antes del
31 de diciembre de 2025
− Que no se conceda por el vehículo siniestrado una ayuda solicitada conforme al Decreto 5/2025, de 14 de enero, del Consell, por el que se aprueban las bases reguladoras y el procedimiento de concesión directa de ayudas urgentes para reparar
las consecuencias económicas derivadas de la destrucción de vehículos siniestrados durante el temporal de viento y lluvias iniciado el 29 de octubre de 2024 en la Comunidad Valenciana. Si la solicitud de la ayuda anterior se encontrara pendiente de
concesión, la tramitación de la nueva ayuda quedará suspendida hasta que se resuelva la solicitud
− Sólo una ayuda por vehículo siniestrado
Plazo y solicitudes de las ayudas por la DANA
El plazo de presentación de solicitudes comprende desde el 16 de junio hasta el 31 de julio de 2025. La tramitación se realizará, en el caso de personas jurídicas, obligatoriamente de forma telemática.
Las solicitudes de ayuda se tramitarán por orden de entrada hasta el límite del crédito presupuestario.
La página web donde se pueden solicitar las ayudas es la siguiente (disponible a partir del 16 de junio).
Incompatibilidad
Las ayudas serán incompatibles con las ayudas para la transformación de flotas de transporte de viajeros y mercancías por la actividad de achatarramiento, reguladas en el Real Decreto 983/2021, de 16 de noviembre, y en la Orden 2/2022, de 28 de marzo.