Por la presente Orden FOM/1958/2010 se otorga a los solicitantes incluidos en el Anexo I, las cuantías que en el mismo se detallan como compensación por el abandono de laactividad de transportistas.
La subvención se compone de una cuantía por los periodos semestrales que le falten al solicitante para cumplir 65 años, computados a partir del 1 de junio de 2010, y de otra por la renuncia a las autorizaciones de transporte.
Se fija como plazo máximo el 31 de agosto de 2010 como último día del plazo para que los beneficiarios aporten la documentación para proceder al cobro de la subvención.