La Orden Ministerial FOM/2835/2012, de 17 de noviembre establece los requisitos que deben cumplir los solicitantes para ser beneficiarios de las ayudas al abandono de la actividad, y los criterios de valoración que se han decidido como prioritarias, como son la incapacidad permanente absoluta o total para desempeñar la profesión habitual de transportista, y la mayor edad del solicitante (hasta 65 años).
Según la Orden Ministerial, se ha dado preferencia a quienes se les haya declarado incapacidad permanente absoluta o total para el desempeño de la profesión de transportista. En cuanto al resto de beneficarios, se ha elaborado una relación por orden descendente de edad.
Para el ejercicio 2015, el Ministerio de Fomento ha destinado un total de 12.746.000 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria del programa de medidas para la mejora del sector del transporte por carretera. Este año se han beneficiado un total de 424 transportistas autónomos.
Pinche aquí para descargarse el listado de los transportistas autónomos a los que se les ha otorgado la ayuda por el abandono de la actividad.
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Qué ocurre con los transportista q ya han cumplido los 65 años y se han quedado fuera por falta de presupuesto.