Para ello, la reforma establece que en los próximos tres años se aplicará de manera progresiva un sistema de 15 tramos que determina las bases de cotización y las cuotas que le corresponde a cada trabajador autónomo en función de sus rendimientos netos, como transición al modelo definitivo de cotizaciones por ingresos reales que se producirá, como muy tarde, en nueve años.
Cuándo hay que presentar los rendimientos ante la Seguridad Social
Todos los autónomos, sean titulares de la actividad económica o sus colaboradores, así como también los autónomos societarios, tienen la obligación de comunicar a la Tesorería General de la Seguridad Social antes del próximo 31 de octubre, sus rendimientos netos totales obtenidos en el año anterior, a fin de poder calcular y regularizar la cuota definitiva real que le corresponde cotizar al RETA en función de sus ingresos.
Se estima que alrededor de dos tercios de los autónomos pagarán menos de lo que venían asumiendo hasta ahora con sus cuotas por no ajustarse a su realidad económica.