
Asimismo, se exime de solicitar nuevas autorizaciones complementarias de circulación para los vehículos de transportes especiales que cuando ninguna de sus masas y dimensiones, incluida la carga que transporten, superen las 100 toneladas de masa máxima de conjunto, cualquier valor de masa por eje, los 40 metros de largo, 4,70 metros de altura y cinco metros de anchura, cuando circulen por alguna de las carreteras o tramos incluidas en el documento Red de Itinerarios del Ministerio de Transportes, para vehículos en régimen de transporte especial (grupo I del Reglamento General de Circulación) con ACC de categoría específica.
Se prorroga la vigencia durante seis meses de las autorizaciones de los transportes especiales y los megacamiones
Dicha red puede consultarse en el siguiente enlace:
Además, se exime de solicitar nuevas autorizaciones complementarias de circulación para los vehículos de transporte euromodulares (megacamiones), siempre que circulen por cualquier autopista y autovía, así como los tramos imprescindibles de carretera convencional que precisen entre su lugar de carga o descarga y el acceso o salida más cercano a una autopista o autovía, cuando la distancia a recorrer no supere los 50 kilómetros.