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Sábado, 25 Enero 2025

    Francia revisa el contrato tipo para el transporte de mercancías en el país

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    Francia ha publicado el Decreto número 2017-461 de 31 de marzo de 2017 sobre el Código de Transporte, relativo al contrato tipo aplicable al transporte público de mercancías por carretera para los que no existe un contrato tipo específico. El objetivo es aprobar un contrato para las empresas que hacen transporte en régimen interior en Francia (cabotaje) y a sus contratantes. Este nuevo contrato entrará en vigor el 1 de mayo.

    El Código de Transporte establece que el contrato de transporte público de mercancías incluye cláusulas que especifican las obligaciones respectivas de las partes en las condiciones de trabajo del conductor y la ejecución de las operaciones de transporte y que, en defecto de acuerdo por escrito, la relación entre las partes se considerará acorde a lo fijado por los contratos tipo establecidos por la regulación. El Decreto sustituye, con nuevas cláusulas, a las disposiciones vigentes del contrato tipo de transporte público de mercancías por carretera.

    Para la Federación Nacional de Transporte por Carretera (FNTR), la revisión del contrato de transporte era una prioridad ya que, de hecho, no existe un contrato tipo específico. Por ello, se había hecho especial hincapié en la importancia de los siguientes elementos:

    • Garantizar la coherencia de las disposiciones del contrato tipo con las del Código de Comercio
    • Establecer un periodo de aviso apropiado a la duración de la relación comercial, para evitar las interrupciones de las relaciones comerciales y para favorecer la sensibilización de todas las partes en el contrato de transporte
    • Asegurar, por las disposiciones del contrato tipo, la justa remuneración del precio de todas las prestaciones de transporte
    • Asegurar legalmente la situación de los transportistas en la ejecución del servicio que tiene lugar cara a cara con los clientes

    Los cambios principales en el contrato tipo son los siguientes:

    • Gestión de los soportes de las mercancías (incluyendo palets) y la precisión en la definición del concepto de prestación anexa, que debe ser pagada
    • Retribución del transportista: se mantiene una redacción, consistente en listar lo más claramente posible los diferentes elementos de remuneración del transportista, como el precio del transporte, el precio de los servicios adicionales, costes relacionados con el establecimiento y la gestión administrativa del contrato de transporte y todos los gastos relacionados con el transporte y cualquier derecho de percepción que es puesto a cargo del transportista.
    • La presunción de entrega conforme, en caso de no entregar al transprtista los documentos de transporte
    • El periodo de preaviso en la ruptura de un contrato: se han previsto disposiciones que fijan varias duraciones de los periodos de preaviso.

     

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    Raquel Arias

    Desde 1996, intento explicar el mundo del transporte a profesionales, haciendo un poco más fácil lo de informar a expertos y no tan expertos. Es más interesante de lo que parece, pero menos fácil, también. 

    https://www.transporteprofesional.es/raquel-arias

    1 comentario

    • José Segura Martínez
      Enlace al Comentario José Segura Martínez Lunes, 24 Abril 2017 13:23

      Hola. Me llamo José Segura soy caminero y quiero exponerle algunas cosas del sector del transporte que no veo lógicas en este sector si lo comparamos con paises de nuestro entorno.
      Intentaré ser lo más breve posible y espero que esto pueda ayudar a la economía española y a la mejora de este sector.
      1-No entiendo que empresas como ciertas empresas por poner un ejemplo, supongo que habrá otras, trabajen en España y matriculen sus camiones en RUMANÍA y Portugal. Supongo que pagarán sus impuestos en dichos paises que seran menores que los de aqui. Eso si ellos hacen el trabajo aqui y sus ganancias son mayores haciendo competencia deslealcon respecto a las otras empresas españolas que si cumplen con sus impuestos.
      2- Cuando circulo por cualquier otro país de europa tenemos que pagar tasas peajes y demás. Los camiones de otros paises circulan libremente por las carreteras españolas sin apenas pagar peaje salvo casos puntuales como el tramo de la Junquera. Pongamoles una tasa como existe en europa y que por lo menos saquemos algo de dinero para cobrir el desgaste de las mismas.
      3- El tema del tacografo. En principio esta hecho para que no se abuse de los camioneros y estos tengan descanso. Cosa que por lo menos en España no se ha conseguido. Primero porque nos obligan a conducir de noche para que los productos lleguen, los CONDUCTORES franceses no conducen nunca de noche. Los descansos semanales los hacemos tirados en cualquier area o polígono para mayor beneficio de nuestros jefes. Se podría de alguna forma, con la tecnología que hoy en día existe para que esos descansos se hagan en casa, me da cierta envidia cuándo veo que los camiones franceses al llegar el viernes estan en sus bases y nostros por esos mundos de dios. Tampoco entiendo que todos los trabajadores tenga 40 horas de trabajo y nosotros sólo de conducción podemos llegar a las 45 horas.
      4-Como consecuencia de la competencia desleal los salarios aunque revestidos de forma legal en realidad no lo son. Los camioneros cobramos o por KILÓMETROS o por viajes. La mayoría del dinero en b. No te pagan vacaciones ni despidos acuerdas un sueldo y eso es lo que hay. Luego los empresarios te ponen menos en nómina y lo demas que si vacaciones que si dietas y despidos y si falta algo te lo dan en dinero negro.
      5-En otros paises tienen leyes de cabotaje que impiden la competencia desleal con las empresas que tributan aqui. Quieren imponer tambien que los camioneros extranjeros cobren como los del país por donde pasan para que no exista competencia desleal. Una empresa de RUMANÍA sus costes laborales son menores que los de una alemana con esta idea trata de que sean los costes iguales para toda el mundo pudiendo competir en igualdad de condiciones.
      Espero que estudien estas ideas que les sugiero. Como pueden constatar no son mias existen en los países de nuestro entorno y creo que son viables tanto para el Estado como para los trabajadores de este país.
      Gracias por atenderme

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