
En concreto, en la zona de uso aparcamiento con más de 20 plazas deberán contar con dotaciones mínimas de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos proporcionales al número total de plazas, a razón de una estación de recarga por cada 40 plazas de aparcamiento o fracción, hasta 1.000 plazas, y una estación de recarga más por cada 100 plazas adicionales o fracción.
Norma para todos los vehículos, camiones incluidos
Esta obligación legal no distingue el tipo de vehículo al que vaya a ir destinado el aparcamiento, por lo que, según el Ministerio de Transición Ecológica, es de aplicación a las instalaciones de las empresas de transporte que dispongan de aparcamientos para su flota de camiones, pese a que casi todos los camiones en España son de propulsión diésel por la falta real de oferta de camiones eléctricos en el mercado (salvo modelos muy limitados y para distribución urbana de mercancías).
En la actualidad, hay matriculados en España 2.695 camiones eléctricos , según datos de IDAE (Instituto para la Diversificación y Ahorro de Energía), lo que supone apenas el 0´6% de la flota total de transporte.