El plan en las Islas Baleares recupera el requisito del achatarramiento para empresas y particulares, con la única excepción para estos últimos de que no tengan un vehículo en propiedad. Para Anfac, "este requisito ya se ha mostrado ineficiente en la primera edición del MOVES y, por ello, se flexibilizó en esta nueva edición. De este modo, impide de nuevo a las empresas acceder a las ayudas públicas, dado que no tienen en propiedad vehículos de la antigüedad necesaria. Y todo sabiendo que son las compañías las que más vehículos de este tipo adquieren para sus flotas, dificultando de nuevo el mercado de los vehículos cero emisiones en la región y discriminando a sus ciudadanos y empresas respecto de otras comunidades autónomas".
ANFAC insta a su modificación y a su adecuación al Real Decreto 569/2020 de 16 de junio por el que se regula el programa de incentivos a la movilidad sostenible (MOVES II)
Las exigencias impuestas para los particulares tienen "una consecuencia nefasta adicional" por el hecho de que éstos han estado comprando estos vehículos desde que entró en vigor el plan el pasado 18 de junio con derecho a la subvención según las bases generales del Plan MOVES II, a la espera de su activación en su comunidad autónoma. Estos particulares pueden ver ahora denegadas las ayudas por no cumplir unos requisitos de achatarramiento diferenciales de esta comunidad y discriminatorios respecto del resto.
Para la asociación de fabricantes de automoción "este cambio sobrevenido genera confusión adicional e inseguridad jurídica, paralizando de nuevo el mercado de vehículos eléctricos en esta región".