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Sábado, 11 Enero 2025
    Conductor autónomo Conductor autónomo Transporte Profesional

    La publicación de la Ley del Contrato de Transporte Terrestre de Mercancías (Ley 15/2009 de 11 de noviembre), ha supuesto la modificación de la Ley del Estatuto del Trabajo Autónomo, conocida abreviadamente como LETA (Ley 20/27 de 11 de julio de 2007), hecho que afectará a los transportistas autónomos que sean económicamente dependientes y que mantengan una relación con sus clientes -de los que dependan económicamente-, desde antes de 12 de octubre de 2007.

    La novedad es que éstos podrán comunicar su condición de tales a sus clientes en un plazo que finaliza el próximo día 4 de marzo de 2010.

    Por así preverlo la propia disposición transitoria tercera de la LETA, las partes tienen de plazo hasta el 4 de septiembre de 2010 (es decir, seis meses después de la comunicación) para adaptar el contenido de los contratos a lo dispuesto en la norma, salvo que cualquiera de las partes hubiese optado por rescindir el contrato.

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