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    La alta siniestralidad acerca la jubilación anticipada de los conductores

    La alta siniestralidad acerca la jubilación anticipada de los conductores La alta siniestralidad acerca la jubilación anticipada de los conductores Transporte Profesional

    El sindicato CCOO ha informado de que el informe que ha elaborado la Dirección General de la Seguridad Social (DGOSS), que determina los índices de mortalidad y morbilidad (personas que fallecen y/o enferman) de las personas conductoras del sector del transporte, constata que el colectivo presenta una alta mortalidad, superando el umbral de “excepcional siniestralidad” y que dicha mortalidad aumenta con la edad.

    Además, la tendencia en mortalidad e incapacidad permanente ha sido creciente en los últimos años, en contraste con la media del resto de actividades. Sobre la morbilidad, la Dirección General de la Seguridad Social resalta que la incapacidad permanente también aumenta con la edad, al igual que el porcentaje de días en incapacidad temporal por contingencias profesionales, que es también excepcional y muestran una tendencia creciente en los últimos años.

    Este informe de morbilidad y mortalidad de la Seguridad Social concluye que se dan también otros criterios, como una elevada edad media del sector transporte con una creciente tendencia a la siniestralidad, lo que contribuye a justificar la aplicación de los coeficientes correctores a los conductores profesionales.

    Este informe es solo el primero de los que se necesita para anticipar la jubilación a los conductores profesionales. Tras él, le toca emitir reportes a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y al Instituto de Seguridad y Salud en el Trabajo.

    Toda esta información será remitida a una comisión de evaluación, que, contando con la presencia de los interlocutores sociales, emitirá un dictamen que justifiquen la aplicación de coeficientes reductores para anticipar la edad de jubilación del colectivo.

    Tras ello, se podrá iniciar los trámites, mediante la aprobación del correspondiente real decreto, para que la edad ordinaria de jubilación exigida pueda ser rebajaba mediante la aplicación de coeficientes reductores.

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