Debido a este plan de inspección, las empresas transportistas españolas están recibiendo un importante número de notificaciones de denuncia por exceso de velocidad, con una sanción económica que debe ser abonada, y que puede incrementarse más de un 400% si pasan más de dos meses y medio desde la notificación y no se ha pagado.
El margen de error que permiten las autoridades francesas respecto de los límites de velocidad establecidos es del 5% en el caso de radares fijos y del 10% en el caso de los móviles, sancionando cualquier incumplimiento que supere ese margen de forma proporcional al exceso cometido.
Para un exceso de velocidad inferior a 20 kilómetros por hora, la multa a imponer es de 90 euros si se paga dentro del primer mes y medio, aumentando a 135 euros si paga antes de dos meses y medio y alcanzando los 375 euros si supera dicho plazo de pago.
La regulación penal francesa establece la posibilidad de impugnar la multa impuesta, tanto en el supuesto de que el vehículo no esté bajo la disposición de su titular (en caso de venta, robo o destrucción del vehículo) o por cualquier otra causa, por lo que, en este último caso, se deberá pagar un depósito de garantía cuyo importe será el establecido para la multa sin descuento.