Pese a que el pasado mes de diciembre se alcanzó un acuerdo en el Consejo Europeo, que integra a los ministros de Transporte de los países de la Unión Europea, la tramitación del Parlamento Europeo ha estado bloqueada por la falta de una mayoría suficiente que permitiera aprobar el paquete legislativo. Pero el 4 de abril, el Pleno del Parlamento Europeo ha alcanzado un acuerdo en los aspectos más espinosos del paquete normativo, lo que permitirá su aprobación definitiva en esta legislatura.
El acuerdo alcanzado incluye una nueva regulación sobre trabajadores desplazados en el transporte por carretera. En concreto, la regulación del salario mínimo de los conductores en los desplazamientos a otros países europeos se aplicará tanto en transporte internacional como al interior (cabotaje), por lo que quedarán excluidos sólo los transportes en tránsito por otro país europeo. Como novedad, el acuerdo contempla la exclusión de esta regulación a los transportes internacionales bilaterales, es decir, a los transportes internacionales en los que el país de origen o destino sea donde el vehículo esté matriculado.
Con el acuerdo, se eliminarán las trabas burocráticas para las empresas transportistas españolas en sus desplazamientos a otros países de la Unión Europea
Otra medida aprobada por el Parlamento Europeo con relación al Paquete de Movilidad son las relativas al mantenimiento de la actual prohibición de hacer el descanso semanal normal (el de 45 horas en la segunda semana) a bordo del vehículo, como así decretó el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Además, se ha modificado la actual regulación del cabotaje, estableciendo un periodo máximo continuado de tres días (frente a los siete actuales) aunque sin limtar el número de operaciones. Como novedad, tras ese periodo, se establece un periodo de 2,5 días, llamado "periodo de enfriamiento" durante el cual no se podrá hacer cabotaje en el mismo país donde se ha hecho con carácter previo.
Para evitar que algunas empresas de transporte sigan abusando de sus conductores, desplazándoles de forma permanente por distintos países europeos, distintos del de su domicilio, el acuerdo establece la obligatoriedad de que el vehículo vuelva de forma periódica a su país de residencia, en concreto, en un plazo máximo de cuatro semanas.
El acuerdo contempla la introducción obligatoria del nuevo tacógrafo digital inteligente en todos los vehículos que hagan transporte internacional, como máximo, hasta 2024. Tras el acuerdo alcanzado en el Parlamento Europeo, la Comisión Europea iniciará las negociaciones interinstitucionales, para alcanzar su aprobación definitiva y posterior publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.