Como novedad, se distribuirán cuatro mascarillas por vehículo. Para recoger las mascarillas deberán seguir el mismo proceso que se llevó a cabo en el primer reparto. Las empresas y autónomos tendrán que consultar primero en la página web del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, la oficina en la que podrán recoger las mascarillas.
La Confederación Española de Transporte de Merancías (CETM) recuerda que la oficina de Correos se asigna según la dirección postal del titular de cada autorización de transporte o en la dirección postal comunicada por cada órgano territorial para cada provincia. En esta ocasión, para facilitar la recogida, se han modificado algunas de las oficinas de Correos respecto al primer reparto.
La oficina que le corresponde a cada uno se puede comprobar en el siguiente enlace: https://www.mitma.gob.es/transporte-terrestre/profesionales-transporte/distribucion-mascarillas-ambito-transporte-terrestre/oficinas_correos
La recogida podrá efectuarse hasta el lunes 27 de abril de 2020. Para la entrega deberán presentar, en el caso de los autónomos, el DNI o equivalente y, en el caso de las personas jurídicas, la acreditación de representación válida de la empresa. En caso de que no tuvieran disponibilidad, podrá recoger las mascarillas otra persona designada presentando una autorización.