
Esto implica el cierre de los establecimientos comerciales a excepción de los que que suministran alimentación, bebidas, productos y otros bienes de primera necesidad y se suspenden todas las actividades de restauración. Sin embargo, para los servicios de restauración se establecen varias excepciones:
- Los servicios de entrega a domicilio o recogida en el establecimiento o en vehículo
- Los restaurantes de los hoteles y otros alojamientos turísticos, que pueden permanecer abiertos siempre que sea para uso exclusivo de sus clientes, sin perjuicio que también puedan prestar servicios de entrega a domicilio o recogida en el establecimiento.
- Los servicios de restauración integrados en centros y servicios sanitarios, sociosanitarios y sociales, incluyendo las actividades de ocio infantil y juvenil, los comedores escolares y los servicios de comedor de carácter social.
- Otros servicios de restauración de centros de formación no incluidos en el párrafo anterior y los servicios de restauración de los centros de trabajo destinados a las personas trabajadoras.
- Los servicios de restauración de los establecimientos de suministro de combustible o centros de carga o descarga o los expendedores de comida preparada, con el objeto de posibilitar la actividad profesional de conducción, el cumplimiento de la normativa de tiempos de conducción y descanso, y demás actividades imprescindibles para poder llevar a cabo las operaciones de transporte de mercancías o viajeros.
Los profesionales del transporte de mercancías por carretera podrán encontrar servicios de restauración en las estaciones de servicio
La opinión de Fetracal con la decisión de la Junta de Castilla y León
El Acuerdo publicado hoy en el Boletín Oficial de Castilla y León también hace referencia a lugares que pueden encontrar los profesionales del transporte de mercancías por carretera para las comidas. Así, se recoge como excepción al cierre de bares y restaurantes “a los servicios de entrega a domicilio o recogida en el establecimiento o en vehículo, así como a los servicios de restauración de los establecimientos de suministro de combustible o centros de carga o descarga o los expendedores de comida preparada, con el objeto de posibilitar la actividad profesional de conducción, el cumplimiento de la normativa de tiempos de conducción y descanso, y demás actividades imprescindibles para poder llevar a cabo las operaciones de transporte de mercancías o viajeros”.
A pesar de ello, FETRACAL considera que será “complicado” encontrar en Castilla y León lugares abiertos para las comidas. Aunque reconoce el esfuerzo realizado por la Junta de Castilla y León para asumir las reclamaciones realizadas por el sector del transporte de mercancías por carretera, FETRACAL cree que se quedan “un tanto escasas”.