
El Departamento de Mercancías del Comité Madrileño de Transporte por Carretera (CMTC), máximo órgano de representación ante la Administración que agrupa a las organizaciones empresariales de logística y del transporte por carretera más representativas en la Comunidad de Madrid, respalda y agradece a la Consejería de Transportes de la región la rápida reacción e intervención ante la práctica que está llevando a cabo de forma ilícita la empresa de servicios de alquiler con conductor para viajeros “Cabify,” de ofertar y realizar en su flota de vehículos turismo la actividad de distribución de mercancías y servicios de paquetería.
La actividad de envíos de mercancías que se está desarrollando por parte de Cabify, una empresa del de la multinacional en vehículos turismos amparados con autorizaciones de transporte VTC, destinada al transporte de viajeros, supone un atentado y un flagrante incumplimiento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres (LOTT), considerándose una infracción muy grave en dicha normativa, ya que, en los vehículos turismo con autorización VTC, la única mercancía que puede transportarse es el equipaje de sus viajeros.
Vigilancia y sanciones a Cabify
De hecho, se ha instado a la Administración de Transporte que persistan en la vigilancia y control de esta actividad disruptiva, aplicando todo el rigor sancionador previsto en la Ley, procediendo inmovilizar en la vía pública los vehículos que no estén autorizados o que no cumplan los requisitos legales para llevar a cabo transporte de mercancías, tal y como prevé la propia LOTT.
Aún así, el portavoz de la multinacional de viajeros Cabify ha hecho público que la compañia persistirá en la actividad de distribución de mercancías.
Esta situación se está produciendo en plena crisis de la COVID-19 donde el transporte de mercancías por carretera ha sufrido un descenso en su actividad en torno al 50%, por lo que la competencia desleal que está llevando a cabo Cabify, la compañía de servicios de alquiler con conductor, está generando un gran daño y perjuicio a los autónomos y empresas de transporte de mercancías.