Así, entre las novedades incluidas como exenciones a la obligatoriedad del uso del tacógrafo destacan determinadas especialidades en el sector de la construcción, en concreto, el transporte preamasado de hormigón en vehículos especializados, así como el transporte privado complementario de maquinaria de construcción, siempre que en ambos casos el recorrido a realizar se encuentre comprendido en un radio de 100 kilómetros alrededor del centro de explotación de la empresa o autónomo titular del vehículo.
También se excluyen los transportes de mercancías realizados con vehículos propulsados por electricidad o gas natural o licuado, cuya masa máxima autorizada no sea superior a 7,5 toneladas, siempre que se desarrollen en un radio de 50 kilómetros alrededor del centro de explotación de la empresa titular o arrendataria del vehículo.
Ceuta y Melilla, excluidas de llevar tacógrafo
Asimismo, se exime del uso del tacógrafo los servicios de transporte, tanto de mercancías como de viajeros, que discurran por el territorio de las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla, que hasta ahora venían obligados a utilizarlos los transportistas de ambos territorios, pese a su extensión tan reducida de ambas poblaciones.
La nueva norma entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín oficial del Estado, lo que se producirá en los próximos días.