
No puede ser que después de más de dos años esperando la llegada del nuevo Reglamento de Ordenación de los Transportes Terrestres, en su articulado nos encontremos con algún que otro supuesto por el que el fin de la empresa como tal es una realidad tan disparatada como inquietante.
Resulta que, según se planteó durante la jornada, si una empresa pierde la honorabilidad en periodo de visado, luego no puede rehabilitar las autorizaciones. O lo que es lo mismo, si se pierde la honorabilidad y se pierde el visado, se pierde la empresa...
Así, con palabras parecidas, se expresó Alicia Rubio, subdirectora general de Inspección de la Dirección General de Transporte, del Ministerio de Fomento, al ser cuestionada por ello.
Sólo esperamos que se pueda arreglar este desaguisado, pues no lo podemos llamar de otra forma...
Tal y como comentó Miguel Valverde, director general de la CETM, “ello supondría la muerte súbita de la empresa”. Cierto es que el texto puede dar lugar a ciertas interpretaciones, pero Rubio fue contundente en este sentido y no dio lugar a la duda.
Resulta curioso, cuando menos, que después de discutir el ROTT hasta la saciedad, no se haya caído en esta auténtica ‘barbaridad’. Sólo esperamos que se pueda arreglar este desaguisado, pues no lo podemos llamar de otra forma.
En este sentido, por lo menos el Comité Nacional del transporte por Carretera (CNTC) se ha apresurado a anunciar que va a impugnar el Reglamento en lo que se refiere a su regulación relativa a la pérdida de honorabilidad en vía contencioso administrativa.
Esperemos que se puede revertir esta circunstancia, pues de lo contrario nuevamente se la habrían ‘colado’ al sector del transporte de mercancías, y van...