
La Ley alemana del 11 de agosto de 2014, que entrará en vigor el 1 de enero de 2015 obliga a todas las empresas establecidas fuera del territorio alemán que envíen a sus trabajadores a Alemania a comunicar a las autoridades alemanas (en su defecto, a las autoridades aduaneras) información sobre los trabajadores enviados a dicho Estado miembro. En Alemania, el salario mínimo está en 8,5 euros la hora.
Los datos que deberán aportar dichas empresas son: identidad de cada trabajador, fecha de nacimiento, dirección del lugar en el que va a efectuar su operación profesional, dirección de la sede donde la empresa que ha contratado el trabajador lleva la gestión de su plantilla, plan de actividades o de trabajo del trabajador a seis meses vista o una carta que dé fe de la posesión de toda la información en la mencionada sede.
Esta información, que deberá escribirse en alemán, puede remitirse con hasta seis meses de antelación, lo que significa que la retribución del conductor el día de la prestación del servicio puede ser distinta de la comunicada el día en que se avisó de la operación a las autoridades alemanas.
Asociaciones de transporte de Polonia, Italia y Francia (e, incluso, Alemania) han mostrado sus dudas de la aplicabilidad de esta norma en el sector de la carretera y se mantienen expectantes ante la publicación de un reglamento de ejecución, sin el cual, la norma no se podría aplicar.
Alemania ya tiene un salario minimo bruto de condutor profesional que se establece en 1987.-€ mes y 11,62.-€ por Convenio Transporte en Alemania, (Dussekdorf. Bocholt) . El keyrado señor Heinz Felgemacher puede corroborar esto. Telf. 0049.2871/219278-0.
Hermannstraße 23
D-46399 Bocholt. Deuthland
Corresponde por ley 13 pagas y no 12 como se engaña a españoles en contratos. Y se termina en Magistratura Arbeitsgerichts, cuando no te pagan como Duvembeck GmbH
No todos los alemanes son honrados como nos hacen creer