
Las exenciones serán de aplicación durante los días 29 y 30 de abril. La resolución se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado.
El fallo generalizado en el suministro eléctrico ocurrido el 28 de abril en todo el territorio peninsular ha tenido importantes consecuencias en el sector del transporte de mercancías y viajeros, cuya operatividad se vio afectada tanto por las grandes congestiones de tráfico en algunas ciudades como por la dificultad en las comunicaciones. Esto último provocó que los transportistas desconocieran información básica para su desempeño laboral como qué estaciones de servicio estaban operativas o que no pudieran comunicarse con sus sedes de operaciones.
A ello se le suma el desabastecimiento de ciertos productos para el comercio, que ha provocado un aumento en la demanda de cargas el 29 de abril
Todo ello ha provocado un aumento en el tiempo necesario para realizar las diferentes operaciones de transporte de mercancías y de viajeros. A fin de hacer frente a dicha necesidad, el Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible ha establecido una serie de excepciones que permitirá a los conductores profesionales flexibilizar sus tiempos de trabajo y descanso con el objetivo de alargar sus jornadas laborales y que puedan finalizar los servicios de transportes sin incidencias.
En concreto, las medidas acordadas son las siguientes:
• Se sustituye el límite de conducción diaria máximo de nueve horas por uno de 11 horas
• Se sustituye el límite de conducción ininterrumpida de cuatro horas y media por uno de cinco horas
• Se reducen los requisitos del descanso diario de 11 horas por uno de nueve horas
• Se amplía el límite de conducción bisemanal de 90 a 96 horas
• Se ofrece la posibilidad de tomar dos descansos semanales reducidos consecutivos de, al menos, 24 horas, siempre que se tome su compensación unida al siguiente descanso nomal; o la posibilidad de posponer el inicio del periodo de descanso semanal más allá de seis jornadas de 24 horas
Estas exenciones son de aplicación los días 29 y 30 de abril y hasta el 4 de mayo, inclusive, asegurando siempre que no se pone en riesgo la seguridad en carretera.