
El pasado mes de octubre se aprobó por Ley un nuevo régimen sancionador para poner fin a la morosidad en el transporte, que perjudica al normal desarrollo de la actividad económica y a la supervivencia de los autónomos y empresas de transporte afectadas, sancionando los incumplimientos en materia de plazos de pago en el transporte de mercancías por carretera con multas de hasta 6.000 euros, que podrán alcanzar los 30.000 euros para las empresas reincidentes y los casos más abusivos.
Plazos de pago ilegales
Aunque en el pasado mes de febrero se ha consolidado la tendencia a la baja que se viene observando en los últimos meses en los plazos de pago a los transportistas, situándose en el último mes en 78 días de media, aún está lejos de lo que marca la ley como plazo máximo (60 días), subsiste la situación de incumplimiento generalizada de la norma, en concreto, un 63% en febrero, con el agravante de que un 34% de los incumplidores lo hicieron a más de 90 días e, incluso, un 21% a más de 120 días, esto es, a seis meses.
En cuanto a los medios de pago que, utilizados para el pago de los servicios de transporte, las modalidades más habituales han continuado siendo, por este orden, la transferencia (60%), el confirming (30%), el pagaré (9%) y el cheque (<1%).