

La organización ha querido dedicar una mesa de debate en torno a la entrada en vigor de las 44 toneladas en España. Para ello han contado con la asociación de fabricantes de remolques, semirremolques, cisternas y vehículos análogos (Asfares), los operadores de transporte (Van den Bosch Iberia), la Confederación Española de Transporte de Mercancías (CETM) y los cargadores (Ercros).
La Federación Gallega de Transporte de Mercancías (Fegatramer) ha presentado la reclamación administrativa ante el Consejo de Ministros para poder iniciar el proceso judicial de nulidad de la prórroga de la concesión de la AP-9.
El Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible ha hecho pública en su página web el listado de transportistas autónomos a los que se les ha concedido las ayudas para el abandono de actividad, correspondiente al año 2025. El número de transportistas a los que se les han otorgado ayudas es de 315, siendo la cuantía otorgada por transportista de 30.000 euros.
A lo largo de 2025 se viene confirmado la tendencia positiva iniciada a principio de año en la reducción de los plazos de pago a los transportistas por parte de sus clientes. En agosto se sitúo por primera vez por debajo del límite legal de los 60 días en la evolución estadística que publica el Observatorio Permanente de la Morosidad.
Tras la denuncia contra la actuación que lleva a cabo la Dirección General de Tráfico durante los días de restricciones establecidas cada año a la circulación de camiones, al basar el control del cumplimiento de las mismas exclusivamente en la utilización de las cámaras de control situadas en las carreteras, el grupo parlamentario Esquerra Republicana de Cataluña (ERC) va a enviar una serie de preguntas al ministro de Interior, Fernando Grande Marlaska, para que dé las explicaciones oportunas.
2025 se va confirmado la tendencia positiva en la reducción de los plazos de pago a los transportistas por parte de sus clientes. El pasado mes de julio se situó en los 61 días de media, tan sólo un día más que el plazo medio récord que se alcanzó en los meses de mayo y junio, como viene se divulgando desde el Observatorio permanente de la morosidad que elabora la Fundación Quijote para el Transporte.
Desde la publicación en el BOE de la Orden Ministerial que modifica el Reglamento General de Vehículos que introduce importantes cambios en pesos y dimensiones, entre los que se incluye la ampliación de la MMA a 44 toneladas, surgen algunas dudas. ¿Podrán circular todos los vehículos actuales con 44 toneladas? No, porque no todos los vehículos cumplirán de forma automática con los requisitos.
El Consejo de Ministros ha aprobado una modificación del Reglamento General de Circulación que actualiza el sistema de señalización vial, vigente desde 2003, con nuevas señales de tráfico que recogen los cambios sociales, tecnológicos y de movilidad experimentados en las últimas dos décadas y con el objetivo de mejorar la seguridad vial y la eficacia en la gestión del tráfico.
El Ministerio de Industria está siguiendo de cerca los trabajos que se desarrollan en Europa y que deberán trasponerse al ordenamiento español de la modificación de la directiva europea que regula la inspección técnica de vehículos (ITV).
El 23 de julio de 2025 se ha publicado en el BOE la Orden PJC/780/2025, de 21 de julio, por la que se modifican los anexos II, IX, X y XVIII del Reglamento General de Vehículos, aprobado por el Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre.
La junta directiva de la Federación Gallega de Empresas de Transporte de Mercancías (Fegatramer) ha decidido iniciar todo tipo de acciones para, trascurridos más de cinco años desde que la Comisión Europea haya señalado la ilegalidad de las prórrogas de la concesión de la AP-9, poner fin a los peajes de esta autopista, que es utilizada a diario por miles de transportistas.
Se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la modificación del Anexo IX del Reglamento General de Vehículos que establece la ampliación de la masa máxima autoriza (MMA) de los camiones de mercancías hasta las 44 toneladas.
La decisión de la Comisión Europea de permitir compensaciones para cumplir su objetivo de reducción del 90% de las emisiones para 2040 debilitará los esfuerzos climáticos de Europa, según afirma T&E.
La Comisión Europea ha anunciado que mantendrá su objetivo de reducir las emisiones de CO2 en un 90% de aquí a 2040, lo que da certidumbre a los fabricantes de automóviles, las compañías aéreas, las navieras, los productores de combustible y otras industrias clave sobre el futuro ecológico de Europa, afirma T&E.
2025 se va confirmado la tendencia positiva en la reducción de los plazos de pago a los transportistas por parte de sus clientes, como lo demuestra el hecho de que los meses de mayo y junio se ha situado en los 60 días de media, plazo medio récord nunca alcanzado, como se viene divulgando desde el observatorio permanente de la morosidad que elabora mes a mes la Fundación Quijote para el Transporte.
La Dirección General de Transporte por Carretera y Ferrocarril del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, ha publicado en el BOE la resolución provisional por la que se otorgan las ayudas a transportistas autónomos de avanzada edad o en situación de invalidez para el abandono de la actividad del transporte por carretera que lo habían solicitado este año.
El 12 de junio ha entrado en vigor el Real Decreto 214/2025, de 18 de marzo, por el que se crea el registro de huella de carbono, compensación y proyectos de absorción de dióxido de carbono y por el que se establece la obligación del cálculo de la huella de carbono y de la elaboración y publicación de planes de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero.
La querella presentada por CETM La Rioja por supuestos delitos de prevaricación administrativa, malversación, administración desleal y falsedad documental contra Transportes Royo con relación a la puesta en marcha del Centro Logístico Intermodal de La Rioja ha sido admitida a trámite por los juzgados competentes de La Rioja.
Se acaba de publicar el Real Decreto 402/2025, de 27 de mayo, por el que se regula el procedimiento previo para determinar los supuestos en los que procede permitir anticipar la edad de jubilación de los conductores profesionales en el sistema de la Seguridad Social mediante la aplicación de coeficientes reductores.