Imprimir esta página

Transportes publica la referencia oficial de aumento de precio de transporte por las 44 toneladas

Camión circulando por carretera Camión circulando por carretera Transporte Profesional

El 23 de octubre entró en vigor la Orden Ministerial que incrementa la masa máxima autorizada de los vehículos articulados de transporte de mercancías de cinco ó más ejes desde las 40 toneladas anteriores hasta las 44 toneladas, tras más de 40 años sin incrementar la capacidad de carga de los vehículos de mercancías en España.

Pese a que dicho aumento de tonelaje a 44 toneladas ya se encuentra en vigor en otros 13 países de la Unión Europea, de momento, solo podrá transportarse en servicios de carácter nacional, pese a que Francia y Portugal también tienen recogido en su normativa las 44 toneladas, ya que la directiva europea que regula los pesos y dimensiones no contempla por ahora la posibilidad.

Hacer transporte internacional con 44 toneladas, aunque se encuentra en tramitación su posible modificación en este ámbito, podría ser una realidad en los próximos años

Para facilitar a los transportistas determinar el sobrecoste económico que conlleva este aumento del peso a transportar, en los últimos meses el Ministerio de Transporte y Movilidad Sostenible, en colaboración con las asociaciones de transportistas y de cargadores, ha realizado los trabajos técnicos necesarios para establecer una referencia oficial mediante la inclusión en el Observatorio oficial de costes de explotación del transporte de mercancías por carretera que publica cada tres meses la nueva categoría de vehículo articulado de carga general de 44 toneladas.

Cuánto sube el coste de transportar 44 toneladas

Fruto de este trabajo, el Ministerio de Transportes ha procedido a su aprobación, detallando para cada partida de costes del vehículo articulado de carga general de 44 toneladas su importe total. Según sus cálculos, a fecha 31 de octubre representa un total anual de 161.543,74 euros costes de explotación, lo que supone un 5,94% de sobrecoste respecto de dicho vehículo de transporte con 40 toneladas.    

A este respecto, el presidente de la CETM, Carmelo González, ha señalado que "este es un dato que se obtuvo en el Observatorio de Costes, fruto de las relaciones mantenidas en el Ministerio de Transportes entre transportistas y cargadores. Como todo lo que tiene que ver con el observatorio, es un dato de referencia, lo que quiere decir que no se va a aplicar de forma obligatoria. Ahora tendrán que negociar los transportistas con sus clientes ese incremento. Los cargadores tendrán que asumir que se trata de un aumento de costes, luego habrá que documentar el dato (mayor o menor), pero hay que tener la constancia de que va a haber un incremento de costes. Que lo valoren como tal los cargadores".  

Valora este artículo
(0 votos)
Raquel Arias

Desde 1996, intento explicar el mundo del transporte a profesionales, haciendo un poco más fácil lo de informar a expertos y no tan expertos. Es más interesante de lo que parece, pero menos fácil, también. 

https://www.transporteprofesional.es/raquel-arias

Lo último de Raquel Arias

Artículos relacionados (por etiqueta)