Las exenciones son de aplicación para el transporte internacional de mercancías con destino o en tránsito por Francia, desde el viernes 12 al viernes 26 de diciembre, ambos incluidos, mediante las siguientes medidas:
• Se amplía el límite máximo diario de conducción de 9 a 11 horas
• Se amplía el límite semanal máximo de conducción de 56 a 60 horas
• Se amplía el límite de conducción bisemanal máximo de 90 a 120 horas
• Se reducen los requisitos del descanso diario de 11 a 9 horas
• Se extiende, en determinadas condiciones, la aplicación al transporte internacional de mercancías de la posibilidad de posponer el período de descanso semanal a 12 períodos consecutivos que normalmente aplica para el transporte de viajeros discrecional internacional. Todo ello siempre asegurando que no se pone en riesgo la seguridad en carretera.
La medida de flexibilización de los tiempos de conducción y descanso se adopta con carácter adicional a las actuaciones ya realizadas, entre las que se incluye la remisión de cartas tanto a la Embajada de Francia como al ministerio competente
francés, en las que se ha trasladado la preocupación del Reino de España por la situación generada por los cortes de tráfico derivados de las protestas y por el grave perjuicio que estos están ocasionando al transporte internacional de mercancías.