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El Documento electrónico de Control Administrativo ya tiene requisitos técnicos

El BOE fija las claves del DeCA El BOE fija las claves del DeCA Transporte Profesional

El Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible ha publicado en el BOE la Resolución de 5 de junio de 2026, que fija las características de los sistemas y de los documentos electrónicos de control administrativo exigidos en los transportes por carretera.

La medida afecta al Documento electrónico de Control Administrativo (DeCA), que será necesariamente digital desde el 5 de octubre de 2026, diez meses después de la entrada en vigor de la Ley de Movilidad Sostenible. La resolución, publicada el 12 de junio, concreta los requisitos que deberán cumplir las aplicaciones informáticas y los propios ficheros electrónicos.

La obligación se aplicará a los transportes interiores con origen y destino dentro del territorio español, incluidas las operaciones de cabotaje. Quedan fuera los transportes internacionales que discurran parcialmente por España, que seguirán utilizando documentos como el CMR.

Antes del servicio

Las aplicaciones utilizadas para gestionar los DeCA deberán incluir los mismos datos exigidos hasta ahora por la normativa para el transporte público de mercancías por carretera. Esos datos tendrán que transformarse en un fichero electrónico antes del inicio efectivo del servicio.

Para garantizar la trazabilidad, los sistemas deberán registrar la fecha y hora de creación del fichero, así como cualquier modificación posterior. Los documentos deberán almacenarse en un repositorio digital que permita su descarga durante las inspecciones en carretera. Cada fichero tendrá una URL propia.

PDF nativo y código QR

Los DeCA deberán generarse en formato PDF, con un tamaño máximo de 5 MB, y ser documentos nativos digitales. No serán válidos los archivos obtenidos mediante escaneo de documentos en papel o imágenes digitalizadas.

El PDF deberá incorporar un código QR con la URL única del documento. Esa dirección web tendrá que comenzar por «https://» y permitir la descarga directa del fichero, sin credenciales, autenticación ni botones de descarga. La descarga deberá estar disponible durante todo el servicio y podrá desactivarse siete días naturales después.

Cargadores contractuales y transportistas efectivos deberán conservar los ficheros electrónicos durante al menos un año. Si el documento lo genera una de las partes, bastará con que la otra pueda descargarlo durante ese periodo.

Sin firma obligatoria

La resolución aclara que la firma del documento de control administrativo no será obligatoria para su validez, ya que la normativa que regula el documento de control y la hoja de ruta no exige este requisito.

Cuando se utilicen otros documentos contractuales que sí requieran firma, como la carta de porte, esta deberá ser, como mínimo, firma electrónica avanzada, conforme al Reglamento eIDAS. También serán válidas las firmas electrónicas cualificadas.

Otros documentos válidos

El DeCA podrá integrarse en otros formatos del transporte de mercancías, como cartas de porte, documentos ADR, traslados de residuos o documentación SANDACH, siempre que incluyan todos los datos exigidos e identifiquen al cargador contractual y al transportista efectivo.

Si hay que modificar datos durante el servicio, se podrá actualizar el PDF existente o generar un nuevo fichero con otra URL y otro código QR. En ambos casos, el conductor deberá recibir el documento actualizado.

A bordo del vehículo

Antes del inicio del servicio, el conductor deberá disponer de una copia del DeCA a bordo, en formato electrónico o en papel. En ambos casos, deberá incluir el código QR. En una inspección en carretera, podrá presentar el documento completo o únicamente el código QR.

Enlaces a la resolución y la web de Transportes

Tal y como informan desde la Confederación Española de Transportes de Mercancías (CETM) estos son los enlaces a la resolución y a la web de Ministerio de Transportes en la que se podrán consultar las preguntas frecuentes e inscribirse a los webinars que hay previstos realizar por el Ministerio:



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Saúl Camero

Periodista con 25 años de experiencia en el ámbito del transporte de mercancías por carretera, es director de la revista Transporte Profesional desde marzo de 2020.

Además, también es especialista en vehículos comerciales y todo lo relacionado con el mundo “furgonetero”: pruebas, comparativas, técnica, etc.

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