La junta directiva de la Federación Gallega de Transporte de Mercancías (Fegatramer) con presencia en todas las provincias a través de sus asociaciones territoriales (ACOTRADES-Coruña, ACTC-As Pontes, ASETRANSPO-Pontevedra, OPERADORES DE TTE.-Pontevedra, TRADIME-Lugo y AETRANS-Ourense) había acordado poner fin al abuso que supone, tanto para los transportistas de Galicia como para todos los ciudadanos, el mantenimiento de los peajes en la AP-9.
Por ello, propone ejercitar las acciones legales pertinentes para solicitar ante el Tribunal Supremo la declaración de nulidad de las dos prórrogas concedidas a Audasa, lo que se traduce en pedir la nulidad del cobro de peajes por parte de Audasa.
“Desde Fegatramer, hemos decidido acudir directamente a los Tribunales españoles, que son los que tienen competencia directa para anular estas prórrogas, sin esperar a lo que pueda decidir la Comisión Europea para que la decisión que pueda adoptar sea eficaz. No olvidemos que la Comisión inició este asunto en el año 2019” han señalado sus responsables.
La primera de las ampliaciones se otorgó en 1994, en que Audasa era una sociedad estatal. La ampliación del plazo concesional se hizo, según Fegatramer, para compensar a la concesionaria de los retrasos en los que había incurrido en el cumplimiento de los plazos de puesta en servicio de los distintos tramos de la autopista.
Concesión ampliada otros 25 años
La Administración amplió el plazo concesional 25 años más. La finalidad teórica fue compensar a la sociedad concesionaria (que en aquel momento era de capital estatal) por la construcción del tramo de acceso norte a Ferrol, la gratuidad de los desplazamientos internos en el tramo Rande-Puxeiros y la aplicación de un nuevo sistema tarifario.
Con esta ampliación de 25 años, la Administración aumentó el valor de la autopista y la vendió por unos 1.000 millones de euros.
El consorcio de sociedades adquirente de las acciones de la autopista tenía que rentabilizar desde el año 2003 esa inversión de 1.000 millones de euros y amortizar los 963 millones de euros que tenía pendientes de amortización por la construcción de la autopista.
Estas dos ampliaciones del plazo concesional vulneraron el Derecho europeo y, al menos la segunda, Fegatramer entiende que constituyó un fraude de ley, porque “una concesión administrativa no tiene como finalidad procurar un “negocio” a la Administración, sino satisfacer el interés público, que es todo lo contrario a lo que parece haber hecho la Administración en este caso concreto”.