Esta nueva norma da respuesta a uno de los tres ejes de actuación del Ministerio de Transportes para garantizar una adaptación justa a la nueva regulación europea en materia de transporte internacional en vehículos ligeros.
Con la entrada en vigor de esta norma, los conductores de vehículos de entre 2,5 y 3,5 toneladas que realicen transporte internacional ya pueden solicitar su tarjeta de conductor con antelación a la fecha límite del 1 de julio, cuando el tacógrafo será obligatorio para este segmento.
Asimismo, se normaliza el trámite para los conductores de vehículos de mercancías impulsados por energías alternativas de entre 3.500 y 4.250 kilos que operan con permiso B y que hasta ahora tenían limitado su ámbito geográfico de actuación al no poder obtener la tarjeta del tacógrafo.
Nuevo panorama en la legislación de transporte por carretera
El sector del transporte ligero internacional afronta un escenario crítico por el desconocimiento total de la normativa sobre tiempos de conducción y manejo del aparato, al estar estos profesionales exentos del certificado CAP.
El sector del transporte insiste en la necesidad de que el Ministerio de Transportes articule una línea de ayudas idéntica a la que se aprobó para el transporte pesado en 2024 para facilitar la inversión en el nuevo tacógrafo inteligente de segunda generación, así como la financiación de acciones formativas específicas para evitar sanciones por errores técnicos en el uso del dispositivo o en el registro de los periodos de conducción y descanso.