Los beneficiarios deberán desarrollar una actividad que se encuadre en alguna de los siguientes epígrafes de las Tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE):

Podrán ser beneficiarios de dichas ayudas los trabajadores autónomos y sociedades con personalidad jurídica que sean titulares de una autorización de transporte de cualquiera de las clases VDE, VT, VTC, VSE, MDLE, y MDPE atendiendo al número y tipología de vehículo adscritos a la autorización y que en la fecha de entrada en vigor de este real decreto-ley se encuentren de alta en el Registro de Empresas y Actividades de Transporte.
El plazo de solicitud se inició el 1 de mayo y finaliza el próximo 30 de junio. La ayuda deberá solicitarse a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria mediante el formulario habilitado:
https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/procedimientoini/DJ32.shtml
El pago se efectuará mediante transferencia bancaria a la cuenta indicada por el beneficiario en la solicitud de ayuda, a partir del 30 de julio de 2026.
Transcurrido el plazo de tres meses desde la finalización del plazo de presentación del formulario sin haberse efectuado la concesión y el pago, la solicitud podrá entenderse desestimada.
Importe de las ayudas

