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Los autónomos, obligados a comunicar sus ingresos a la Seguridad Social para calcular su cotización

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El actual sistema de cotización para los más de 3.000.000 de autónomos que hay en España, y que entró en vigor el pasado mes de enero, se aprobó con el objetivo de establecer la cotización a la Seguridad Social de este importante colectivo “en función de sus ingresos reales”, en lugar de la anterior regulación basada en la mera elección de las bases de cotización.

Para ello, la reforma establece que en los próximos tres años se aplicará de manera progresiva un sistema de 15 tramos que determina las bases de cotización y las cuotas que le corresponde a cada trabajador autónomo en función de sus rendimientos netos, como transición al modelo definitivo de cotizaciones por ingresos reales que se producirá, como muy tarde, en nueve años.

Cuándo hay que presentar los rendimientos ante la Seguridad Social

Todos los autónomos, sean titulares de la actividad económica o sus colaboradores, así como también los autónomos societarios, tienen la obligación de comunicar a la Tesorería General de la Seguridad Social antes del próximo 31 de octubre, sus rendimientos netos totales obtenidos en el año anterior, a fin de poder calcular y regularizar la cuota definitiva real que le corresponde cotizar al RETA en función de sus ingresos. 

 Se estima que alrededor de dos tercios de los autónomos pagarán menos de lo que venían asumiendo hasta ahora con sus cuotas por no ajustarse a su realidad económica. 

 

 

 

 

 

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Raquel Arias

Desde 1996, intento explicar el mundo del transporte a profesionales, haciendo un poco más fácil lo de informar a expertos y no tan expertos. Es más interesante de lo que parece, pero menos fácil, también. 

https://www.transporteprofesional.es/raquel-arias

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