Para el Comité Nacional de Transporte por Carretera, "la incorporación de este mecanismo representa un paso decisivo para dotar de mayor estabilidad y equilibrio a las relaciones comerciales del transporte por carretera, en un escenario marcado por la incertidumbre energética y las continuas variaciones en los costes de explotación. La posibilidad de actualizar de manera automática los precios conforme a la evolución del combustible permitirá evitar que las empresas transportistas sigan asumiendo en solitario el impacto económico derivado de las subidas del gasóleo".
La organización considera que "esta medida supone un reconocimiento explícito por parte del Gobierno de la situación estructural que arrastra el sector del transporte desde hace años, así como de la necesidad de establecer herramientas eficaces que garanticen la sostenibilidad económica de las empresas de transporte y preserven unas condiciones mínimas de equilibrio contractual, contribuyendo a la subsistencia de las empresas de transporte en beneficio de sus propios clientes, quienes, cada vez con mayor intensidad, pueden apreciar la paulatina desaparición de empresas y profesionales de transporte a resultas de ese mal endémico que la norma viene a tratar de evitar".
Prohibido el pacto en contrario en los contratos de transporte
Uno de los elementos más relevantes incorporados en este Real Decreto-ley es, precisamente, el refuerzo de la seguridad jurídica. La norma establece que cualquier pacto en contrario será considerado nulo de pleno derecho, "cerrando así la puerta a prácticas contractuales abusivas que durante años han tratado de impedir o desvirtuar la aplicación real de los mecanismos automáticos de revisión de precios".
En este sentido, el Comité Nacional de Transporte por Carretera ha querido advertir de forma contundente "frente a las interpretaciones interesadas y torticeras que algunas organizaciones de cargadores están intentando promover para aplicar la norma “a su manera”, vaciando de contenido el espíritu y la finalidad de la reforma. El texto legal es claro y no admite manipulaciones destinadas a trasladar al transportista el impacto de las fluctuaciones del combustible".
El Real Decreto-ley incorpora un régimen sancionador específico que permitirá actuar frente a incumplimientos tanto puntuales como reiterados, reforzando la eficacia de la norma y garantizando su cumplimiento efectivo en el mercado
Para el Comité Nacional, esta reforma responde a una reivindicación demandada por el sector del transporte y contribuye a corregir uno de sus principales desequilibrios estructurales: la imposibilidad de trasladar de forma automática los incrementos de costes a los precios del servicio, "situación que ha comprometido la rentabilidad y la estabilidad de miles de empresas transportistas durante los últimos años".
El Comité Nacional de Transporte por Carretera explica que continuará vigilante "para asegurar que la aplicación de esta medida se produzca de forma íntegra y conforme al espíritu de la norma, defendiendo los intereses de los transportistas frente a cualquier intento de distorsión o incumplimiento".