Transporte Profesional 480 - Marzo 2026

Marzo 2026 /Transporte Profesional 17 Vigilancia en entredicho Una sentencia del Tribunal Supremo da la razón a una empresa de transporte frente a una aseguradora en el caso del robo de la mercancía de un camión. Y todo, por la cláusula de debida vigilancia. Texto: Raquel AriasHace unos meses, un camión de una flo ta de transporte que estaciona en un polígono industrial vallado, pero sin vi gilancia y sin conductor, se le sustrae la mercancía. El camión está cerrado sin utilizar un aparcamiento alternativo. La póliza del seguro se ha firmado por mediación de un corredor con una empresa aseguradora. Una vez denunciado el robo, la aseguradora deniega la cobertura, basándose en la “cláusula de debida vigilancia” que exige que, para que el robo quede cubierto, se han de cumplir una serie de condiciones relativas al lu gar de estacionamiento, sistema de cierre, vigilancia efectiva y, en caso de imposibilidad, la obligación de que el conductor pernocte en el vehículo. Tras la denuncia ante el Juzgado de Primera Instancia y su apelación a la Audiencia Provincial, ambos tribunales La facturación del seguro crece un 26% La facturación de la rama no vida (en la que se incluyen el apartado de “transportes” y “mercancías”) en 2025 fue positiva en todas sus modalidades, al anotarse un repunte interanual del 7,8%, según Unespa, la asociación empresarial del seguro. El seguro de automóviles facturó un 8,38% más, hasta 14.285 millones de euros, mientras que las pólizas empresariales crecieron un 4,21% y aportaron 11.538 millones de euros. Dentro del apartado “resto no vida”, el transporte creció un 25,94% y la sección mercancías, un 2,49%. Para que un robo sea cubierto, la aseguradora exige que el camión esté vigilado y en un aparcamiento seguro

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