6 Transporte Profesional / Febrero 2025 TRIBUNA OLVIDO MORALEDA ELENA MATEOS MARC VICENTE Es la nueva presidenta de AOP, la asociación de operadores de productos petrolíferos, también presidenta de bp Ha sido nombrada directora general de AOP, que toma el testigo de Andreu Puñet, con el fin de consolidar la transformación de la industria Ha sido designado consejero delegado de InPost, firma de comercio electrónico, que llega a España para abrirse paso en el sector del ecommerce PROTAGONISTAS A días HABLANDO EN PLATA Con eso del fin de año, las navidades y la vuelta a la rutina, la noticia ha pasado un poco desapercibida, pero tiene su enjundia. Otra vez la Justicia se pone de parte de los caraduras y pone en jaque a las empresas de transporte que intentan trabajar conforme a la legalidad. Resulta que la compañía Cabify comenzó, durante la pandemia, a hacer reparto de paquetes con su flota de coches, pese a que los transportistas estaban trabajando con todo el riesgo que ello suponía. Asociaciones de transporte denunciaron este hecho y no ha sido hasta ahora que el Alto Tribunal ha dictado sentencia: pueden hacer transporte de mercancías utilizando su flota de turismos. Según se recoge en la resolución, “no existe en la normativa reguladora de los transportes terrestres una prohibición expresa de que los vehículos amparados en una autorización de transporte de viajeros transporten objetos o mercancías, aún en ausencia de viajero, por lo que, partiendo de la constatación de que no existe la prohibición que alega la Administración recurrente, debe concluirse que aquella opción resulte viable”. También señala que dicha Administración “no ha ofrecido ninguna razón o argumento que sirva de respaldo a una restricción como la que viene propugnando, que no resulta adecuada ni razonable, por lo que debe ser considerada contrario a la libertad de empresa recogida en el artículo 38 de la Constitución”. Resulta increíble que la Justicia no vea diferencias entre transportar personas y mercancías, sobre todo en un vehículo que ha sido concebido para lo primero, más que para lo segundo. Si la norma permite que taxis y VTCs (como es el caso de Cabify) pueden transportar todo tipo de mercancías en sus coches, es evidente que esto contribuye a su desregulación y, sobre todo, al intrusismo, precarizando la actividad profesional de este segmento de transporte. A este respecto se ha pronunciado la Asociación Española de Empresas de Mensajería (AEM), que asegura que “el tema no está en que una autorización de transporte de VTC habilite para la prestación de un servicio de transporte de pequeñas mercancías, sino en el hecho de que un vehículo que tenga autorización VTC no le imposibilite realizar dicha actividad, ya que, como bien señala la sentencia del Tribunal Supremo, no existe ningún precepto legal en nuestro ordenamiento jurídico español que lo prohíba”. Para esta asociación, la cuestión radica en que el reparto de mercancías requiere de unos conocimientos técnicos y habilidades precisas que resultan necesarias para su desarrollo óptimo y adecuado: “Independientemente de que las empresas VTC puedan realizar reparto de mercancías, lo que nos preocupa como patronal es que ello perjudique al usuario final y, en general, provoque un deterioro de la imagen de la mensajería española”. El enemigo en casa Cabify puede transportar paquetes RAQUEL ARIAS Redactora Jefe
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