ESTE MES... 26 Transporte Profesional / Marzo 2024 La aprobación de los duotrailers ha generado infinidad de dudas que han sido aclaradas por la responsable de autorizaciones especiales de la DGT. La DGT explica la aprobación de los duotrailers Mª Anuncia Ocampo, jefa del área de autorizaciones especiales de circulación de la Dirección General de Tráfico ha explicado en una jornada informativa todos los detalles necesarios sobre la instrucción DGT MOV 2023/28 sobre nuevas autorizaciones para vehículos euromodulares de hasta 32 metros y 70 toneladas. Texto: Raquel Arias Jornada Desde 2016 circulan en España los vehículos modulares de 25,25 metros en fase experimental, pero las sucesivas rutas realizadas dan a entender a la Administración que ya se puede autorizar su uso (aunque con limitaciones). Sin embargo, los duotrailers (de 32 metros y 70 toneladas de masa máxima autorizada) tardaron un poco más en llegar, ya que no fue hasta 2018 que se autorizaron las pruebas con estos vehículos por parte de fabricantes, carroceros y laboratorios oficiales. Algunas de estas limitaciones implicaban que sólo se podía hacer transporte privado (nunca público), sólo se permitió un máximo de cinco autorizaciones por prueba y que el transportista estaría incluido en el proyecto de investigación del fabricante (carrocero, en este caso). Según Anuncia Ocampo, “tras cinco años de ensayos con el duotrailer, la DGT dispone del suficiente conocimiento para abordar la modificación. Los ensayos finalizaron el 31 de diciembre de 2023 y se procede a la modificación de la instrucción que regula la expedición de conjuntos euromodulares que amplía los valores máximos de conjunto de masa total y longitud de 2 toneladas y 32 metros”. Instrucción aprobada Con la nueva instrucción, ya no existen restricciones, ni en el número de autorizaciones ni en el número de matrículas a incluir en la autorización. Se define qué es duotrailer y se concreta que no puede pasar de 32 metros de longitud y 70 toneladas de masa máxima autorizada. También se concreta que, si el vehículo va a pasar por la red gestionada por la Dirección General de Tráfico, no hay que definir la autovía (no así en el País Vasco, Cataluña o Comunidad Foral de Navarra, donde tienen las competencias transferidas en materia de Tráfico). Tal y como recordó la representante de la DGT, todas las autorizaciones siempre amparan una circulación de hasta un máximo de 25 kilómetros por carretera convencional entre salida/entrada a una autopista/autovía y el lugar de carga y descarga, aunque dicha carretera no esté definida en la correspondiente autorización. Las condiciones de circulación son las mismas que las indicadas para los megacamiones o megatrailers, por lo que estos vehículos no pueden adelantar, siempre deben ir en vías de alta capacidad (autopistas o autovías) y deben llevar los contornos señalizados con los distintivos V-23 y V-2, además de llevar las luces encendidas en carretera convencional de calzada única. A partir de ahora, ya no existen restricciones, ni en número de autorizaciones ni de matrículas
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