16 Transporte Profesional / Octubre 2023 EN PORTADA Se cumple un año de la entrada en vigor de la prohibición, por parte del conductor, de hacer la carga y descarga en las operaciones de transporte. Analizamos qué ha pasado hasta ahora y las consecuencias de esta medida. Texto: Raquel Arias CARGA PROHIBIDA POR LEY Desde el pasado 2 de septiembre, los conductores que trabajen en España (se incluye a las empresas de otros países que trabajen en nuestro país) tienen prohibido hacer labores de carga y descarga. La medida, fuente de reivindicación por parte de las organizaciones de transporte españolas, fue recibida con satisfacción en el sector del transporte, al tratarse de una reclamación histórica con la Administración. Según el Plan de Inspección del Transporte por Carretera del año pasado, de los 2.231 expedientes abiertos por el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, la segunda causa de infracción en el transporte de mercancías por carretera correspondió al epígrafe “carga y descarga”, con 461 denuncias, sólo superado por el de “morosidad”, con 576 expedientes incoados. José María Quijano, secretario general de la CETM, valora de forma positiva la introducción en el mercado de esta prohibición: “la mayor parte de los transportistas están notando una mejora importante y se está cumpliendo de forma masiva. Siempre habrá alguna excepción, pero, en líneas generales, la impresión es buena”.
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