Transporte Profesional 444 - Marzo 2023

Marzo 2023 / Transporte Profesional 35 El transporte de animales vivos está sujeto a un alto control administrativo en distintos ámbitos de competencia, tanto en lo que se refiere a su actividad de transporte (al estar sometido a las mismas exigencias que el resto) como en lo relativo a bienestar y salud animal, que dependen de las autoridades competentes en materia de agricultura. La mayor parte de la normativa de transporte de animales vivos viene de la Unión Europea. Este año se plantea elaborar una nueva legislación sobre esta materia, tanto dentro del ámbito de la Unión como hacia terceros países. La cuestión es que, en la actualidad, existe un fuerte enfrentamiento entre los países por sus distintos intereses económicos que representa cada uno, como se pudo comprobar en la reunión del Consejo Europeo de Agricultura y Pesca celebrado en Bruselas. España exporta el 10% de su producción total de bovino y un 30% de la especie ovina-caprina. La prohibición de las exportaciones de animales vivos a terceros países conllevaría al cierre de un alto porcentaje de granjas nacionales, que dan trabajo a un gran número de transportistas nacionales. El impacto para el sector del transporte por carretera en nuestro país sería muy importante. En 2022, en España se exportaron a terceros países no europeos 68.000 toneladas de bovinos cebados, lo que representa más de 3.400 viajes de transporte por carretera. En cuanto a la especie ovina-caprina, las exportaciones españolas ayudan en gran medida a la ȵuidez del mercado nacional. En dichas campañas, los transportistas nacionales se ven favorecidos por un incremento en el número de viajes hacia los puertos españoles. España exportó un total de 570.000 ovinos-caprinos, sobre todo a Jordania y Arabia Saudí, lo que representa un número de desplazamientos nacionales por carretera superior a los 2.200 trayectos. El transporte de animales vivos está regulado por las directivas 64/432/CEE y 93/119/CE y el Reglamento (CE) 1255/97. Constituye la norma básica que regula en la Unión Europea el requisito de bienestar animal que se ha de cumplir cuando se transportan animales vertebrados vivos con relación a una actividad económica. En España, la norma está regulada por un Real Decreto (751/2006 de 16 de junio) sobre autorización y registro de transportistas y medios de transporte de animales y por el que se crea el comité español de bienestar y protección de animales de producción. Esto supuso un primer paso en el proceso de aplicación y desarrollo en el ordenamiento del citado reglamento. La aprobación de la Ley 32/2007, de 7 de noviembre, para el cuidado de los animales en su explotación, transporte, experimentación y sacrificio, ha supuesto un cambio jurídico sustancial que, entre otras cosas, ha establecido un régimen sancionador propio en la materia. El artículo 8 de esta ley dispone que los transportistas de animales deben disponer de la correspondiente autorización y estar registrados en los términos que reglamentariamente se determinen. Europa sopesa prohibir el transporte de animales vivos a terceros países La Unión Europea tramita un proyecto de modificación de la reglamentación sobre el transporte de animales vivos, en la que algunos países plantean la prohibición absoluta de este tipo de transporte a terceros países por la falta de control del bienestar animal en destino. Legislación europea España exporta el 10% de su producción total de bovino y un 30% de la especie ovina-caprina El pasado año, España exportó un total de 570.000 ovinoscaprinos, sobre todo a Jordania y Arabia Saudí

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