Transporte Profesional 424 Julio/Agosto 2021

Julio / Agosto 2021 / Transporte Profesional 33 Legislación L a Comisión de Transportes, Movili- dad y Agenda Urbana del Congreso ha aprobado el 8 de junio el Proyec- to de Ley por el que se modifica la Ley 16/1987 de 30 de julio , de Ordenación de los Transportes Terrestres, en mate- ria de infracciones para luchar contra la morosidad en el transporte de mercan- cías por carretera. En esta iniciativa también se incluye el Proyecto de Ley por el que se modifica la citada Ley en materia de infracciones relativas al arrendamiento de vehículos con conductor. Ambos textos han sido remitidos directamente a la Comisión de Transportes, Movilidad y Agenda Urba- na, a la que se ha encomendado dicta- men, y se ha procedido a la apertura del plazo de presentación de enmiendas. En la exposición de motivos del tex- to aprobado se señala que la moro- sidad influye de forma negativa en la liquidez de las empresas, complicando su gestión financiera y afectando a su competitividad. Por eso, se crea un nue- vo tipo infractor por el incumplimiento del plazo máximo legal de pago de 60 días. Multas La modificación del artículo 141 de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, que enumera las infraccio- nes graves, incluye tipificar el incum - plimiento del límite máximo legal de pago, con multas de entre 401 y 1.000 euros. A partir de 3.000 euros de deu- da, las infracciones serán catalogadas como “ muy graves” . La propuesta inicial remitida al Congreso el pasado mes de febrero sólo contemplaba multas de en- tre 1.000 y 6.000 euros, tipificando toda infracción del límite máximo de pago. A diferencia del texto original que proponía un único tipo infractor y una única sanción muy grave, la enmienda aprobada prevé dos tipos de sanciona- dores distintos, en función del precio del transporte. Así, cuando no supere el importe de 3.000 euros, la infracción se considerará grave, reduciéndose de for- ma considerable la cuantía de la multa. El proyecto de Ley aprobado prevé la publicidad de las resoluciones sancio- nadoras impuestas por estos incumpli- mientos, como sucede en otros sectores y en el Derecho Comparado, con fines disuasorios. Sin embargo, un reciente estudio publicado por el Ministerio de Hacienda admite la inutilidad de revelar la lista anual de los principales morosos, ya que, ni la divulgación del nombre ni del supuesto reproche les empuja a la mayoría de ellos a pagar su deuda. El texto remitido al Senado, que fue aprobado por 22 votos a favor y 15 abs- tenciones, incluye el informe de la po- nencia y las enmiendas acordadas en comisión. El dictamen aprobado sigue su tramitación parlamentaria en la Cá- mara Alta, y se espera que esté en vigor en el mes de julio. La morosidad tendrá sanción, aunque menor de lo esperado El Congreso de los Diputados ha aprobado, con 22 votos a favor, el Proyecto de Ley sobre infracciones contra la morosidad en el transporte por carretera. Habrá multas para los que se retrasen en el pago, aunque la propuesta inicial no se ha aceptado. El transporte por carretera podrá resarcirse económicamente de las empresas morosas ya que, hasta ahora, no había sanción para ellas.

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