Transporte Profesional 415 Noviembre 2020
E l Comité Nacional de Transporte por Carre- tera ha presentado, a través de los grupos parlamentarios, una enmienda al contenido de la disposición, en la tramitación parla- mentaria del anteproyecto de Ley que pre- tende convalidar tal medida establecida por la vía del Real Decreto, solicitando que se aplique la fecha en que se pasa la ITV y no la que aparece en la ficha. La aprobación de esta medida, por parte del Alto Tribunal, viene a raíz de la petición de la Fe- deración de Autotransporte de Tarragona, Feat (miembro de Conetrans) de suspender de forma cautelar la aplicación del apartado segundo de la Orden de Sanidad. El apartado suspendido dispone que se tomará como referencia la fecha de validez que conste en la tarjeta ITV y no computará, en ningún caso, la prórroga de los certificados concedida como con - secuencia de la declaración del estado de alarma. La suspensión de la ejecutividad de los actos recurridos es una medida provisional establecida para garantizar la efectividad de la sentencia que, en su día, pueda recaer en el proceso principal. Los antecedentes Con motivo de la proclamación del estado de alar- ma, una Orden aprobada por el Ministerio de In- dustria planteó un calendario flexible para poder pasar la ITV durante ese periodo de confinamiento, para evitar que las estaciones entraran en colapso. Sin embargo, la misma orden incluyó un apartado en el que obligaba a respetar la fecha que aparece en la ficha, no la fecha efectiva de revisión del vehí - culo. De estemodo, se recorta la vigencia periódica de la revisión, algo que resulta evidente en vehícu- los que, como los camiones, deben pasarla cada seis meses, una vez cumplen 10 años. La medida no sólo afecta a camiones, sino también a autobuses, furgonetas, taxis y am - bulancias. Según las estadísticas de la Dirección General de Tráfico, afecta a una cuarta parte del 38 Transporte Profesional / Noviembre 2020 REPORTAJE Tribunales El Tribunal Supremo ha decidido suspender de forma cautelar el apartado de la orden de Sanidad por la que se establecen medidas especiales para la Inspección Técnica de Vehículos (ITV) por el estado de alarma, lo que afecta a los camiones y demás vehículos de transporte. LA INSPECCIÓN CONTINUADA DE CAMIONES, EN EL AIRE El Tribunal Supremo ha decidido suspender de forma cautelar el apartado referido a cuándo se ha de pasar la siguiente ITV.
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