Transporte Profesional - 409 Abril 2020

Abril 2020 / Transporte Profesional 41 Entre los procedimientos de manipulación fraudulenta que la Fiscalía considera como delito, se recoge lo siguientes: • Alteraciones técnicas de los parámetros de calibración en los neumáticos o la caja de cambios • Colocación de imanes • Duplicación de sensores de movimiento • Hackeo del software del tacógrafo • Uso de diagramas falsificados o a nombre de otro conductor La Fiscalía de la Seguridad Social puede achacar el delito de manipulación a las siguientes personas o figuras: • Conductor • Empresa transportista • Taller donde se hubiera instalado el mecanismo de manipulación • Empresa cargadora que contrató el porte Lo que se sanciona Quién puede ser el infractor S anciones tra que un tacógrafo ha sido manipulado para intentar engañar a las autoridades de Tráfico. En este sentido, la acción de manipular un equipo de estas características se extiende a las siguientes acciones: la colocación de imanes, la duplicación de sensores de movimiento, el hackeo del software del tacógrafo o el uso de discos diagramas o tarjetas de conductor falsi- ficadas o a nombre de otra persona o empresa. Sentencia del TS El Tribunal Supremo considera como “merece- dora de calificación jurídica penal como delito de falsedad en documento oficial” cualquier mani- pulación fraudulenta de un tacógrafo que dé como resultado “la alteración de los registros del instrumento, realizada con la finalidad de sortear los controles policiales y administrativos”. Por registro o datos esenciales del tacógra- fo, el Alto Tribunal considera los relativos a tiempos de conducción y descanso, velocidad e identidad del conductor. El fiscal de Sala Coordinador de la Segu - ridad Vial, Bartolomé Vargas , ha explicado esta nueva medida que se ampara en una sen- tencia del Tribunal Supremo dictada el 15 de enero de 2020. Dicha sentencia señala que el documento que se extrae del tacógrafo “debe ser considerado, a efectos jurídico-penales, como documento oficial, ya que el tacógrafo y sus me - diciones no tienen otra finalidad que el control del transporte por carretera por parte de la Ad - No respetar los tiempos de conducción y descanso suelen ser las infracciones más comunes de los conductores.

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