Transporte Profesional - 409 Abril 2020

Abril 2020 / Transporte Profesional 19 CORONAVIRUS vivir algunos conductores en momentos tan críticos para el país. El ministro de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, José Luis Ábalos ha asegura- do que para garantizar el abastecimiento de todos los ciudadanos “se están tomando todas las medidas para facilitar al máximo el trabajo de los transportistas y del resto de personas en- cargadas de la movilidad”. Así, procedió a regular para eliminar trabas administrativas en este periodo, con relación a la apertura de talleres, con la posibilidad de viajar dos conductores en cabina (si el trans- porte así lo requiere) y para garantizarles el acceso a servicios básicos de aseo y manu- tención. Otra medida tomada por la Admi- nistración fue la de suspender los tiempos de conducción y descanso (para permitir a los conductores llegar a casa a dormir) y las restricciones al tráfico a camiones en días se - ñalados. En este sentido, el ministro ha explicado que se continúa trabajando en dicha medida para su plena implementación. Con un segui- REUNIONES DE URGENCIA Las federaciones de transporte de Murcia (Froet), Castilla-La Mancha (Fetcam) y Galicia (Fegatramer) se han movilizado para hacer frente a esta crisis sanitaria. El secretario general de la Federación Regio- nal de Organizaciones y Empresas de Trans- porte de Murcia (Froet), Manuel Pérezcarro, ha asegurado que “no hay riesgo de desabaste- cimiento en los comercios en lo que respecta a la logística, pues el sector tiene capacidad para absorber el aumento de pedidos” , y explicó que la falta de productos en los lineales de los supermercados responde “al incremento anor- mal de la demanda, no a una falta de producto, que se está reponiendo con toda normalidad desde los centros logísticos”. Así se lo han transmitido los representantes de Froet, Pedro Díaz y Manuel Pérezcarro , al consejero de Fomento e Infraestructuras, José Ramón Díez de Revenga , en la reunión de urgencia que se ha celebrado, y que contó con la asistencia de la directora general de Movilidad y Litoral, Marina Munuera . Por su parte, la Federación Gallega de Trans- porte de Mercancías pidió a las concesiona- rias que levanten la barrera en los peajes a los camiones que están trabajando estos días: “No estaría de más, como gesto del Go- bierno de España al sector, que se suspendiesen los peajes de las autopistas para los camiones de transporte de mercancías durante el estado de alarma” señala José Carlos García Cumpli- do , secretario general de Fegatramer. Manuel Pérezcarro y Pedro Díaz, de Froet, reunidos con miembros de la Administración regional. Medidas modificadas debido a la crisis sanitaria Tiempos de conducción y descanso Exceptuar temporalmente a las operaciones de transporte de mercancías afectadas por estas circunstancias del cumpli- miento de las normas establecidas en los artículos 6.1 y 8.61 del Reglamento n.º 561/2006. Las excepciones previstas en el apartado primero serán de aplicación a los conductores que realicen operaciones de transporte de mercancías en todo el territorio nacional. Estas exenciones serán de aplicación desde el día 14 de marzo de 2020 hasta el día 28 de marzo del 2020, ambos incluidos. Restricciones a la circulación Se acuerda levantar las restricciones a la circulación para el transporte de mercancías en general (punto primero. B.1.1. de la citada Resolución). mercancías peligrosas (punto primero. B.2.1. de la citada Re- solución) incluidas en el apartado 1º (restricciones comunes) del anexo V que les fueran de aplicación y vehículos especia- les y vehículos que precisan autorización complementaria de circulación al superar, por sus características técnicas o por razón de la carga indivisible transportada, los valores de las masas o dimensiones máximas permitidas (punto prime- ro. B.3.1. de la citada Resolución) que les fueran de aplicación durante el periodo comprendido entre el sábado 14 de marzo de 2020 y el sábado 28 de marzo de 2020 (ambos incluidos). Se mantendrán las restricciones por itinerario previstas en apartado B.2.2 de la citada resolución en el anexo V apartado 2º Restricciones específicas epígrafe A.Igualmente se man - tendrán las restricciones previstas en el anexo V apartado 2º Restricciones específicas epígrafe B. Euro modular (megacamiones) Quedan exentos de la necesidad de obtener una autorización complementaria de circulación los conjuntos en configuración euro-modular para circular por cualquier autopista y autovía, así como los tramos imprescindibles de carretera conven- cional que precisen entre su lugar de carga o descarga y el acceso o salida más cercano a una autopista o autovía, siem- pre que la distancia a recorrer no supere los 50 kilómetros. Se prorroga por seis meses, contada desde su pérdida, la vigen- cia de todas las autorizaciones para conjunto euro modular. Transportes especiales Quedan exentos de la necesidad de obtener una autorización complementaria de circulación los vehículos en régimen de transporte especial y sus conjuntos cuando ninguna de sus masas y dimensiones, incluida la carga que transporten, superen las 100 Toneladas de masa máxima de conjunto, cualquier valor de masa por eje, los 40 metros de largo, 4,70 metros de altura y 5 metros de anchura, cuando circulen por alguna de las carreteras o tramos de las mismas incluidas en el documento “Red de itinerarios del Mº de transportes, movili- dad y agenda urbana para vehículos en régimen de transporte especial (grupo I del RGC) con ACC de categoría específica”. Se prorroga por seis meses, contada desde su pérdida, la vigencia de todas las autorizaciones complementarias de circulación. Condiciones de realización del transporte por carretera En los transportes públicos de mercancías por carretera estará permitido que vayan dos personas en la cabina del vehículo, cuando sea necesario por razón del tipo de trans- porte a realizar. Apertura de talleres de reparación y mantenimiento de vehículos Se permite la apertura de talleres de reparación y manteni- miento de vehículos de motor, así como los establecimientos de actividades conexas de venta de piezas y accesorios con venta directa a los talleres de reparación, pero sin apertura al público general. CAP Se declara la validez de las tarjetas de cualificación del con - ductor acreditativas del CAP cuya fecha de expiración se haya producido a partir del día 1 de marzo, hasta 120 días después de la finalización de la declaración del estado de alarma o prórrogas del mismo. Arrendamiento de vehículos sin conductor Estará permitida la apertura de establecimientos dedicados al arrendamiento de vehículos sin conductor destinados a un uso profesional de los transportistas de mercancías. La apertura de establecimientos de arrendamiento de vehícu- los sin conductor en los supuestos de arrendamiento de vehículos para uso particular, únicamente estará permitida con el fin de hacer posible la devolución por el arrendatario de los vehículos arrendados en el marco de un contrato cele- brado con anterioridad a la entrada en vigor de esta orden. Control en fronteras El restablecimiento temporal de los controles en las fronteras interiores. Con el fin de asegurar la continuidad de la actividad económi - ca y de preservar la cadena de abastecimiento, estas medi- das no son aplicables al transporte de mercancías .

RkJQdWJsaXNoZXIy MjU3NjU=