El cuadro comparativo ha sido ordenado por el importe de la dieta nacional. Encontramos que el convenio colectivo que tiene la dieta nacional más alta sigue siendo el de Sevilla Operadores Logísticos (2024) con 70,63 euros (lo que no deja de resultar sorprendente tratándose de un convenio para operadores logísticos), seguido de Asturias (2024) con 69,52 euros, Álava extraestatutario con 60,62 euros (2024) y Cáceres con 58,22 euros (2024). Los más “económicos” son los de Navarra (2008) con 33.99 euros y Cádiz (2024) con 34,93 euros. Como referimos cada año, llama la atención el hecho de que algunos de los convenios que tienen las dietas más elevadas, como es el caso de Sevilla Operadores Logísticos y Cáceres, no son precisamente de los convenios cuyos salarios sean también de los más altos. Así, el de Sevilla Operadores Logísticos (2024), que ocupa el primer lugar en cuanto al importe máximo de la dieta nacional, ocupa el puesto 39, en relación con el importe de los salarios. A su vez, Cáceres (2024), que figura en el cuarto puesto de la comparativa de las dietas, aparece en el cuadragésimo sexto lugar de la comparativa de salarios. Según esta comparativa, la dieta nacional más elevada, que corresponde al convenio de Sevilla Operadores Logísticos (2024), es un 107,80% más alta que la dieta nacional del convenio de Navarra (2008), la más baja del sector. El importe medio de la dieta nacional en los convenios del sector de transporte de mercancías por carretera es de 47,31 euros (46,14 euros), lo que supone un perceptible aumento del 2,5% respecto a diciembre de 2025. V – JORNADA DE TRABAJO Para la comparativa sobre la regulación de la jornada de trabajo se ha tenido en cuenta la duración máxima de la misma en los distintos convenios, tanto la establecida con carácter semanal como con carácter anual, la existencia de pactos sobre distribución irregular de la misma, la definición y limitación, en su caso, del tiempo de trabajo y de presencia, la consideración o no como de trabajo del llamado ‘descanso para bocadillo,’ la concreción de la duración de las vacaciones anuales, la existencia de días de libre disposición para los trabajadores (que suponen, en definitiva, una reducción de la jornada anual), y la mejora de los permisos retribuidos establecidos en el Estatuto de los Trabajadores. Provincia Semanal Anual Distrib. Irreg Def. tiempos Bocadillo trabajo Vacaciones Días libres Permisos Álava 1727 10% jornada 20 minutos 32 Mejora Albacete 1826,00 Acuerdo con RLT 30 2 ET Alicante 1826 RD 1561/1995 30 Minutos 30 Mejora Almería 1826,45 CC o Ac. RLT II AG 30 1 ET Asturias 40 No Sí, peor 15 Minutos 30 ampl. 7 + 5 Mejora Ávila 40 No Sí, peor Sí 30 Mejora Badajoz 40 1800 Sí, peor 30 Minutos 30 2 Mejora Barcelona 39h 30’ Acuerdo con RLT II AG 20 Minutos 30 ó 32 Mejora Burgos 1768 Acuerdo con RLT Normativa 30 Minutos 31 1 Mejora Burgos frac 1755 15 minutos 30 1 Mejora Cáceres 40 1800 15 hs presencia No trabajo ef. 30 4 Mejora Cádiz 39 ET y RD 30 1-5 Mejora Cantabria 40 1796 RD 1561/1995 Define y limita 31 1 Mejora Castellón 40 RD 1561/1995 Define y limita 30 ET Ceuta 40 1825 h 27 min RD 1561/1995 20 Minutos 30 1 Mejora Ciudad Real 40 1816 RD 1561/1995 15 minutos 31 Mejora Córdoba 40 Acuerdo con RLT Paradas=descanso 15 minutos 31 1 Mejora Cuenca 40 1800 Acuerdo con RLT Define y limita Sí 31 2 Mejora Gerona 1766 20 Minutos 23 laborables 2 ET Granada 40 Acuerdo con RLT Define y limita 15 Minutos 31 1 Mejora Guadalajara 40 1800 RD 1561/1995 RD y II AG 30 Mejora Guadal OL 40 1800 No 30 Mejora Guipúzcoa 1684 Bolsa de horas Todo es trabajo 27 laborables Mejora Huelva 40 1816 RD 1561/1995 Sí 31 1 Mejora Huesca 40 1792 RD y II AG 30 Mejora I. Baleares 40 1776 RD 1561/1995 15 Minutos 24 días laborables 2 Mejora Jaén Discre 40 RD y II AG 30 Minutos 30 Mejora La Coruña 40 1800 II AG 15 minutos 30 1 día retribuido y 1 día no retribuido ET La Rioja 40 1772 15 Minutos 30 2 Mejora Las Palmas 40 1826 con 27 min RD 1561/1995 30 ET León 40 1800 RD 1561/1995 31 1 Mejora Lérida 1782 30 2 días remunerado + 3 días no remunerado Mejora Lugo 1816 Sí, en el propio CC RD 1561/1995 30 2 Mejora Madrid 1768 Normativa No 23 lab. Mejora SEVILLA 2025 39,33 A convenir SEVILLA OL 2023 70,63 68,58 SEVILLA OT 2025 45,87 A convenir SORIA 2025 45,00 55,50 TARRAGONA 2025 46,55 79,62 TERUEL 2024 42,40 63,33 TOLEDO 2025 41 ,59 45,36 VALENCIA 2024 58,30 77,53 VALLADOLID 2.025 51,62 63,06 VIZCAYA 2024 57,41 67,55 ZAMORA 2025 60,00 Según gastos ZARAGOZA 2024 47,04 65,88 PROVINCIA TABLA NACIONAL INTERNACIONAL
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