Desde entonces han surgido muchos interrogantes que, en estas páginas, de acuerdo a un documento elaborado por la Confederación Española de Transporte de Mercancías (CETM), intentamos resolver para que las empresas de transporte puedan afrontar este cambio con garantías. ¿Cómo sé si mi vehículo está preparado? En primer lugar, hay que tener en cuenta que la fecha de entrada en vigor de las 44 toneladas depende de la clasificación del vehículo que vayamos a utilizar: • Cisternas: a partir del 23 de enero de 2026. • Resto de vehículos: a partir del 23 de octubre de 2025. ¿Dónde puedo ver la clasificación del vehículo? Para asegurarme de que mi semirremolque es una cisterna, hay que mirar al principio de la ficha técnica que es donde viene la clasificación por uso del mismo, que es un número de cuatro cifras: las dos primeras se corresponden al tipo de vehículo (43 = semirremolque) y las dos siguientes, que son en las que hay que fijarse, a la utilización (solo si aparecen los números 27, 28, 29, 30 ó 31 será una cisterna). En conclusión, el resto de numeraciones podrán circular con 44 toneladas desde el jueves 23 de octubre y aquí se incluyen los silos y portacontenedores (incluso aunque vayan transportando un contenedor cisterna), tal y como ha confirmado la Dirección General de Tráfico (DGT) a la CETM. Una vez que tenemos claro que por tipología nuestro vehículo puede circular con las 44 toneladas, hay que revisar las tarjetas de inspección técnica y comprobar que se cumplen los requisitos de: Masa Máxima Técnicamente Admisible del Conjunto (MMTAC) Si la nueva Masa Máxima Autorizada del Conjunto-MMC (44 toneladas) es igual o inferior a la MMTAC que se indica en la tarjeta ITV, los vehículos podrán circular con las nuevas máximas autorizadas. Es decir, no habrá necesidad de modificar la ficha técnica hasta su primer paso por la ITV periódica, en la que el titular del vehículo deberá solicitarlo. En resumen: MMC (44 toneladas) ≤ MMTAC Puede circular. Solicitar modificación de la ficha técnica en la primera ITV periódica y nuevo permiso de circulación si fuera necesario. Sin embargo, puede ocurrir que las 44 toneladas sean mayores a la MMTAC que se indica en la tarjeta ITV de mi vehículo. En estos casos, para que el vehículo pueda transportar las 44 toneladas se deberá contactar con el fabricante (o, si este ha desaparecido, con el servicio técnico que participó en su homologación) para que confirme si se pueden llevar o no. En caso afirmativo, habrá que acudir a la ITV para modificar la ficha técnica. Si no es así, para poder transportar 44 toneladas habrá que realizar una REFORMA del vehículo. En resumen: • MMC (44 toneladas) > MMTAC. Será necesario un informe por parte del fabricante o servicio técnico y paso por la ITV. • Si no es el caso anterior, habrá que realizar la REFORMA del vehículo. Las 44 toneladas son una realidad El pasado 23 de octubre entró en vigor de la ampliación de la Masa Máxima Autorizada (MMA) de los camiones de mercancías hasta las 44 toneladas. Fue en el mes de julio cuando se modificaron los anexos II, IX y X del Reglamento General de Vehículos con la publicación en el BOE de la Orden PJC/780/2025.
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