Negociación colectiva en el transporte de mercancías por carretera. Diciembre 2023

del SMI. Si se considerase el plus de transporte como “extrasalarial”, ni serviría para calcular la indemnización, ni para absorber y/o compensar un incremento del SMI. Y, por lo que aquí interesa, cuando el plus de transporte no tiene expresamente la consideración de complemento salarial, lo excluimos de la Tabla objeto de comentario. En consecuencia, en el concreto supuesto de Cáceres, a título de ejemplo, el convenio prevé un plus de transporte mensual de 88,66 euros, así como un plus específico de disponibilidad, que compensa las horas de presencia, para los conductores que prestan servicios de “largo recorrido” por importe de 327,82€ mensuales. Como novedad, este año hemos incorporado una nueva columna en la que se detallan los salarios brutos anuales de cada convenio colectivo sin atender a la antigüedad. Con esta columna se pretende subrayar el impacto de la antigüedad en los salarios y el importante incremento salarial que supone en algunos casos la existencia de la misma. Ejemplo paradigmático de la proyección de la antigüedad sobre los salarios es el Convenio de Ávila, cuya regulación reproduce la antigüedad de la Ordenanza Laboral del Transporte, y que supone aproximadamente 3.100 euros anuales adicionales por cada trabajador con 10 años de antigüedad en la empresa. Y, de hecho, la media del salario bruto anual descontando antigüedad es considerablemente inferior, situándose en 18.360.97 € anuales. Ζ9 Ȃ Ζ0325TE 'E 'ΖETA6 Se incluye ahora una comparativa del importe de las dietas establecido en los diferentes convenios colectivos del sector. La mayoría recoge tan sólo un importe para dieta nacional y otro para dieta internacional, aunque hay algunos que establecen distintos importes en función de los países adonde los conductores se desplazan, en cuyo caso se ha reflejado el importe medio de las cantidades establecidas para los distintos países. Otros convenios recogen un importe para la dieta nacional y, después, un importe para algunos países en concreto; en estos supuestos, hemos reflejado también el importe medio de todas las cantidades establecidas. También encontramos convenios en los que el importe de la dieta internacional no viene especificado, sino que es un importe por concertar por acuerdo entre empresa y trabajadores. PROVINCIA TABLA NACIONAL INTERNACIONAL SEVILLA OL 2023 68,58 68,58 ASTURIAS 2023 67,43 104,04 CÁCERES 2023 58,22 72,42 VALENCIA 2023 56,60 75,27 ALMERIA 2022 54,35 54,35 MURCIA 2018 53,71 75,19 LUGO 2022 52,94 65,75 VIZCAYA 2023 52,54 60,69 ÁLAVA 2020 51,47 64,31 LEÓN 2023 51,18 68,60 MADRID OL 2023 50,68 94,61 BARCELONA 2023 50,64 77,95 CANTABRIA 2023 50,00 55,00 PONTEVEDRA 2023 50,00 88,00 VALLADOLID 2023 49,64 60,62 LA CORUÑA 2023 47,30 58,68 HUELVA 2023 47,13 80,75 MADRID 2023 46,88 87,53 ÁVILA 2023 46,24 A convenir ZARAGOZA 2023 45,67 63,97 ZAMORA 2023 45,65 Según gastos SORIA 2023 45,00 55,50 BURGOS 2022 44,92 85,64 ALBACETE 2023 44,89 77,02 ALICANTE 2023 44,89 56,44 TARRAGONA 2023 44,58 76,26 SEVILLA OT 2022 44,53 A convenir SALAMANCA 2023 44,08 54,65 HUESCA 2023 43,60 70,20 I. BALEARES 2010 43,29 46,75 GRANADA 2023 43,25 60 + gastos GERONA 2023 43,18 64,77 MÁLAGA 2023 42,88 71,31 TERUEL 2023 42,40 63,33 LÉRIDA 2023 42,30 67,18 LA RIOJA 2020 41,70 72,99 GUIPÚZCOA 2009 40,47 54,44 CÓRDOBA 2022 40,10 66,77 + gastos JAÉN 2023 40,02 80,06 SEGOVIA 2021 39,06 67,97 TOLEDO 2023 38,98 42,51 GUADAL OL 2022 38,47 54,33 BADAJOZ 2023 38,28 61,35 CIUDAD REAL 2023 38,02 66,00 PALENCIA 2023 38,00 47,00 CEUTA 2018 37,88 LAS PALMAS 2013 37,84 SEVILLA 2023 37,82 A convenir GUADALAJARA 2020 37,48 52,90 CASTELLÓN 2023 37,09 50,07 OURENSE 2014 37,00 52,00 NAVARRA 2008 33,99 49,43 CÁDIZ 2023 33,83 67,67 CUENCA 2023 32,74 56,53 BURGOS c. frac 2019 1o reJula 1o reJula MEDIA NACIONAL 44,99 Negociación Colectiva

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