Separata Especial nº 440 - Diciembre 2022

pactan la supresión del complemento personal de antigüedad, sin perjuicio, obviamente, del respeto a los derechos adquiridos o en trámite de adquisición. Del mismo modo, cada vez son menos, tan solo 5, los convenios colectivos que mantienen el régimen de antigüedad heredado de la extinta Ordenanza Laboral, y solo son 7 los convenios que reproducen el régimen pactado en el II Acuerdo General estatal. Como no podía ser menos, la antigüedad es otro de los conceptos cuya regulación es de lo más variado entre los distintos convenios provinciales. Así, junto a los ya citados, tenemos muchos otros convenios que establecen porcentajes sobre el salario base en base a muy diferentes tramos de antigüedad, y otros convenios que no se referencian al salario base, sino que establecen cuantías concretas según se vayan perfeccionando nuevos tramos. Por último, resulta llamativa también la diferencia existente entre el tope máximo de antigüedad previsto en unos convenios y otros, lo que hace que, indirectamente, la empresa que mantenga plantillas más antiguas en convenios con topes muy altos (el máximo, el 60% de la Ordenanza Laboral), va aumentando sus costes y perdiendo competitividad en relación con las empresas de otras provincias con topes más bajos, o simplemente sin antigüedad. III – COMPARATIVA SALARIO CONDUCTOR MECÁNICO CON 10 AÑOS DE ANTIGÜEDAD A continuación, se incluye una comparativa salarial del conductor mecánico con 10 años de antigüedad, en la que se han tenido en cuenta los siguientes conceptos: • Supuesto estudiado: salario anual de un conductor mecánico con una antigüedad de diez años en la empresa. • Conceptos incluidos: se han tenido en cuenta los siguientes conceptos salariales: Salario Base, Plus Convenio o equivalente, Pagas Extraordinarias y Antigüedad. • Orden establecido: la tabla está ordenada por la Columna “BRUTO ANUAL”. • Categoría Profesional: en algunos convenios no existe la categoría de conductor mecánico, por lo que se ha utilizado una similar. • Importes anuales: en los convenios que se establece el Salario Base por día, éste se ha multiplicado por treinta para obtener el salario mensual, y éste por doce para obtener el salario anual, al que habrá que adicionar, en su caso, las pagas extraordinarias. No han sido incluidos los complementos salariales de tipo variable presentes en algunos de nuestros convenios colectivos, dada la variedad y heterogeneidad de los mismos, por lo que el salario que se refleja en la comparativa en ocasiones es inferior al que realmente tienen derecho a percibir los conductores. Es el caso, por ejemplo, del plus de kilometraje o similar, presente en ocho convenios colectivos sectoriales.Como ocurre siempre, la antigüedad es el concepto fijo que mayores problemas ocasiona debido a la dispersión de regímenes entre los convenios, que ha quedado reflejada en la comparativa anterior Debido a estas dificultades, y al tratarse de un estudio con carácter general, en el régimen de antigüedad no se han tenido en cuenta los derechos o las garantías reconocidos en convenio, como condición más beneficiosa o ‘ad personam.’ PROVINCIA Tabla SB AÑO ANT/AÑO PC AÑO EXTRAS BRUTO ANUAL VIZCAYA 2022 17.581,20 1.758,12 3.374,52 5.678,46 28.392,30 ASTURIAS 2022 17.744,40 3.548,88 1.598,04 5.323,32 28.214,64 BARCELONA 2022 15.176,70 2.993,76 4.201,15 5.526,54 27.898,15 LA RIOJA 2020 16.743,60 1.674,36 429,96 4.604,49 23.452,41 MADRID OL 2022 14.090,40 1.775,52 2.795,40 4.665,33 23.326,65 TARRAGONA 2022 10.571,52 2.114,30 5.653,08 4.584,73 22.923,63 GUIPÚZCOA 2009 16.610,40 1.661,04 0,00 4.567,86 22.839,30 GUADAL. (OL) 2022 12.831,60 2.566,32 4.818,60 3.849,48 24.066,00 VALENCIA 2022 16.757,76 1.180,80 0,00 4.484,64 22.423,20 BURGOS C.Frac 2021 15.824,52 1.582,45 475,44 4.351,74 22.234,16 ALBACETE 2022 12.117,60 1.211,76 5.209,20 3.332,34 21.870,90 ÁLAVA 2019 11.925,48 1.192,56 4.367,64 4.371,42 21.857,10 MADRID 2021 12.956,40 1.661,76 2.571,00 4.297,29 21.486,45 I. BALEARES 2010 15.255,00 0,00 2.288,28 3.813,75 21.357,03 GERONA 2022 12.720,60 2.544,12 1.670,40 4.233,78 21.168,90 LA CORUÑA 2022 15.465,48 1.161,12 1.167,24 3.224,22 21.018,06 NAVARRA 2008 15.420,96 0,00 1.189,92 4.152,72 20.763,60 BURGOS 2020 14.281,20 1.285,20 1.175,64 3.891,60 20.633,64 ALICANTE 2020 15.184,92 1.070,64 0,00 4.063,89 20.319,45 MÁLAGA 2022 13.085,25 0,00 2.632,20 4.560,85 20.278,30 SEVILLA (OT) 2022 14.707,32 1.470,73 0,00 4.044,51 20.222,57 ZARAGOZA 2022 13.050,00 0,00 3.099,60 4.037,40 20.187,00 CEUTA 2018 9.064,44 1.812,89 5.702,16 3.525,20 20.104,69 9 Negociación Colectiva

RkJQdWJsaXNoZXIy MjU3NjU=