Separata Especial nº 440 - Diciembre 2022

VI – COMPLEMENTOS DE IT Y SEGURO DE ACCIDENTES Como en el resto de las materias, tanto la regulación de los complementos de prestaciones de incapacidad temporal, como el importe de las cuantías que han de ser aseguradas para los supuestos de muerte e incapacidad permanente, varían mucho entre los distintos convenios colectivos, sin que se hayan detectado apenas cambios en la cobertura que dispensan los convenios respecto al último año. En alguno de los convenios colectivos publicados este año se ha cambiado ligeramente el día a partir del cual se empieza a cobrar la mejora social por IT (Cádiz o Gerona). Continúa llamando nuestra atención la existencia de muchos convenios colectivos en los que se garantiza al trabajador el percibo de su salario real durante toda la baja en los supuestos de incapacidad temporal derivada de accidente de trabajo, y, también en otros casos, pero menos, en las derivadas de enfermedad común. Y también existen muchos convenios en los que se garantiza al trabajador, en unos casos y en otros, el cobro del 100% de la base reguladora del mes anterior a la baja durante todo el período de baja, o sólo durante un tiempo máximo. Los convenios colectivos de nuestro sector que no recogen ningún tipo de mejora en las prestaciones de incapacidad temporal derivada de contingencias comunes son los de Alicante, Asturias, Navarra, Soria y Zaragoza.Y el convenio de Soria, que tradicionalmente no contemplaba complemento alguno a la citada prestación en caso de accidente laboral, ha pasado a hacerlo en su última edición. En todos los convenios, sin excepción, se establece la obligación de las empresas de concertar una póliza de seguros a favor de sus trabajadores para los supuestos de muerte e incapacidad permanente en caso de accidente de trabajo, variando mucho los importes asegurados entre los distintos convenios colectivos. Y cabe remarcar que algunos convenios colectivos actualizan los importes asegurados en las sucesivas Tablas salariales que se van aprobando para cada año, por ejemplo, Asturias, Barcelona, Cáceres, Cantabria, Córdoba, Tarragona o Valencia (hasta un total de 14 convenios que actualizan las cuantías cada año).Al margen de las consideraciones que sin duda pueden hacerse acerca de la relación que pueda existir entre el absentismo laboral (con el efecto perjudicial que éste tiene en la organización de las empresas) y los compromisos de mejora de las prestaciones de incapacidad temporal, lo cierto es que esta materia supone en la práctica también un elemento de diferenciación en los costes laborales de las empresas de las distintas provincias. PROVINCIA Enfermedad común Accidente Trabajo Muerte I.P.T. o Abs. ÁLAVA 90% salario (15-90 días) 100% salario 210 días 60.101,21 60.101,21 ALBACETE 15% BR 4-20 día y 100% BR desde mes 3º 100% BR toda la baja 33.000,00 36.000,00 ALICANTE Nada 100% salario toda la baja 25.000,00 30.000,00 ALMERIA 100% salario día 15 hasta 12 meses 100% salario 12 meses 33.045,00 33.045,00 ASTURIAS Nada 100% BR toda la baja 40.308,53 40.308,53 ÁVILA 100% salario desde día 6 100% salario toda la baja 12.561,15 12.561,15 BADAJOZ 100% salario desde el día 3 100% salario toda la baja 21.035,42 21.035,42 BARCELONA 1ª baja 100% salario; siguientes 90% si + 30 días 100% salario toda la baja 46.190,36 52.432,28 BURGOS 100% salario convenio día 8 hasta 12 meses 100% salario toda la baja 26.500,00 26.500,00 Burgos Fracc 100% BR día 10 hasta 12 meses 100% BR toda la baja 12.000,00 15.000,00 CÁCERES 100% BR desde el día 7 100% BR toda la baja 14.565,00 14.565,00 CÁDIZ 100% Sal.Cc.+Ant+Plus 3,84€/día desde día 21 100% Sal.+Ant+Plus 3,84€/día toda la baja 49.343,92 16.447,92 CANTABRIA 100% Sal. convenio desde día 16 100% salario convenio toda la baja 45.000,00 45.000,00 CASTELLÓN SB + PC durante 3 meses SB + PC 6 meses 40.600,00 40.600,00 CEUTA 100% salario 12 meses 100% salario 12 meses 12.868,40 12.868,40 CIUDAD REAL 100% BC desde el día 21 al 90 100% BR toda la baja 55.906,00 55.906,00 CÓRDOBA 1ª baja 85% BR; 2ª baja 80%; y resto según Ley 100% SB toda la baja 39.254,33 39.254,33 CUENCA 100% SB desde día 10 100% SB toda la baja 30.050,61 30.050,61 GERONA Hasta día 60, un 80% BR; resto 100% BR 100% BR hasta 360 días 37.426,00 42.668,00 GRANADA 100% SB+Antigüedad desde dia 16 100% salario toda la baja 24.721,97 24.721,97 GUADAL. (OL) Distintas mejoras nº baja 100% BR toda la baja 23.494,53 35.242,87 GUADALAJARA Distintas mejoras nº baja 100% BR toda la baja 38.850,00 44.100,00 GUIPÚZCOA 75% BR 4 días y después 100% BR 100% BR toda la baja 27.602,84 27.602,84 HUELVA 100% salario desde día 10 hasta el fin de la baja 100% salario toda la baja 25.662,18 25.662,18 HUESCA 100% BR a partir del día 21 hasta 180 días 100% BR hasta 180 días 40.000,00 45.000,00 I. BALEARES 100% SB + PC desde día 16 a 90 100% salario toda la baja 15.000,00 15.000,00 JAÉN Discrec 100% SB+PC+Ant día 5 hasta 18 meses 100% SB+PC+Ant día 1 hasta 18 meses 24.040,48 15.025,30 LA CORUÑA 75% BR durante toda la baja 100% BR 6 meses 40.000,00 50.000,00 LA RIOJA Desde día 31 - 100% BR 100% salario convenio 3 meses 33.000,00 42.000,00 LAS PALMAS 100% SB+ Ant desde día 31 - 5 meses 100% SB+ Ant hasta 6 meses 12.380,00 12.380,00 LEÓN 100% salario día 30 - 5 meses 100% salario día 30 -11 meses 44.884,95 44.884,95 LÉRIDA 1ª baja 80% BR máx. 20 días 1ª baja 80% BR máx. 30; ss. 100% 18 meses 16.775,75 18.300,91 LUGO 100% BR día 20 - 3 meses (una vez al año) 100% BR toda la baja 39.000,00 39.000,00 MADRID 100% SB+PC+Ant día 16 - 8 meses 100% SB+PC+Ant toda la baja 27.611,15 41.413,60 MADRID OL 100% SB+PC+Ant día 16 - 8 meses 100% SB+PC+Ant toda la baja 29.650,36 44.472,20 MÁLAGA 100% SB+PA día 1-14; desde 15 100% BR 100% SB+PA día 1-14; desde 15 100% BR 37.521,94 39.061,46 MURCIA Legal + 25% del día 15 al 90 100% salario toda la baja 25.000,00 35.000,00 NAVARRA Nada 100% SB+PC toda la baja 38.840,96 54.377,34 OURENSE 100% BR día 20 - 2 meses 100% BR 3 meses 20.030,00 26.040,00 PALENCIA 100% BR si hospitalizacion 100% BR toda la baja 21.500,00 30.000,00 PONTEVEDRA 100% BR 1 mes 100% BR 4 meses 40.000,00 40.000,00 SALAMANCA 100% salario días 18 a 90 100% salario máx. 240 días 44.000,00 50.000,00 SEGOVIA 100% salario desde día 21 100% salario toda la baja 21.094,58 25.313,50 SEVILLA 100%SB+CA si hospitalización 100% salario convenio desde 1 de la baja 45.604,07 32.890,32 SEVILLA OL 1ª y 2ª bajas: 60%SB dias 1 a 15; luego 75% BR 100% BR toda la baja 40.800,00 30.600,00 SEVILLA OT Distintas mejoras nº baja 100% BR toda la baja 27.632,30 33.034,16 SORIA Nada Hospitalización 100% salario convenio 5 días 40.000,00 40.000,00 TARRAGONA Salario hasta 12 meses si hospitalización 100% salario toda la baja 37.374,81 46.718,52 TERUEL 100% BR desde día 9 100% BR toda la baja 45.000,00 45.000,00 TOLEDO 100% salario (SB+ANT+P.C) toda la baja 100% salario (SB+ANT+P.C) toda la baja 27.200,00 27.200,00 VALENCIA 100% BR días 20 - 90 100% BR toda la baja 30.798,95 43.118,53 VALLADOLID 100% SB+P.A+Ant desde día 4 100% BR toda la baja 31.030,00 36.200,00 VIZCAYA 100% BR desde día 37 100% BR toda la baja 28.701,52 46.640,53 ZAMORA 100% BR toda la baja 100% BR toda la baja 40.000,00 45.000,00 ZARAGOZA Nada 90% BR máx. 18 meses 40.000,00 40.000,00 14

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